ENTRE
LA SANCIÓN Y LA REEDUCACIÓN: EXPLORANDO EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL
ADOLESCENTE VENEZOLANO DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS.
Autora:
MSc.
Zenaida Marina Morales Blanco
Código Orcid: https://orcid.org/0009-0000-2563-8447
Línea de
Investigación: Desarrollo Humano Integral
RESUMEN
Este estudio abordó
el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente venezolano desde una
perspectiva de derechos humanos, explorando el delicado equilibrio entre la
sanción y la reeducación. El objetivo principal consistió en analizar cómo se
concretan los principios de especialidad, interés superior del adolescente,
proporcionalidad de la sanción y justicia restaurativa tanto en el marco
normativo como en la práctica institucional del sistema penal juvenil
venezolano. La metodología adoptada fue de tipo cualitativo, sustentada en el
paradigma interpretativo y ejecutada a través de una investigación documental y
bibliográfica. Se emplearon técnicas de revisión exhaustiva, categorización
temática y análisis de contenido de normas, doctrina y estudios comparados,
complementadas con una rigurosa selección y triangulación de fuentes académicas
y oficiales. Entre los resultados destaca que, aunque Venezuela ha avanzado en
la incorporación de normas que declaran la excepcionalidad de la sanción
privativa de libertad y la finalidad educativa de las medidas aplicadas,
persisten notables dificultades en su implementación efectiva. Los programas de
reeducación, si bien diseñados con intención integradora, frecuentemente
enfrentan faltas de recursos, capacitación insuficiente y debilidades
estructurales que dificultan su verdadero alcance. Además, la justicia
restaurativa emerge como el paradigma más prometedor, pero aún poco consolidado
en la realidad venezolana. Se concluye que para lograr un sistema que no solo
sancione, sino que efectivamente reeduque y reintegre, resulta indispensable
fortalecer las políticas públicas, la coordinación interinstitucional y la
formación de los operadores jurídicos bajo una visión genuinamente restaurativa
y de respeto a los derechos humanos.
Descriptores: Sanción, reeducación,
sistema, responsabilidad, penal, adolescente venezolano, derechos humanos.
Reseña Biográfica: Universidad Nacional Experimental
de los Llanos Centrales "Rómulo Gallegos 2014. MSC. Investigación
Educativa. Universidad Bicentenario de
Aragua", 2009. Abogada. Universidad
Nacional Abierta, 2000.Licenciado en Educación Integral Mención Ciencias
Sociales. Especialista en Derecho procesal civil.
BETWEEN
SANCTION AND RE-EDUCATION: EXPLORING THE VENEZUELAN ADOLESCENT CRIMINAL
ACCOUNTABILITY SYSTEM FROM A HUMAN RIGHTS PERSPECTIVE.
Author: MSc.
Zenaida Marina Morales Blanco
Email:
zen_blanco@hotmail.com
ORCID
Code: https://orcid.org/0009-0000-2563-8447
Line
of Research: Integral Human Development
ABSTRACT
This study addressed the Venezuelan Adolescent Criminal Accountability
System from a human rights perspective, exploring the delicate balance between
sanction and re-education. The main objective was to analyze how the principles
of specialization, the best interests of the adolescent, proportionality of the
sanction, and restorative justice are realized both within the regulatory
framework and in the institutional practice of the Venezuelan juvenile criminal
justice system. The methodology adopted was qualitative, based on the
interpretive paradigm and implemented through documentary and bibliographic
research. Techniques included exhaustive review, thematic categorization, and
content analysis of regulations, doctrine, and comparative studies, complemented
by a rigorous selection and triangulation of academic and official sources.
Among the results, it is noteworthy that, although Venezuela has made progress
in incorporating regulations that declare the exceptional nature of custodial
sentences and the educational purpose of the measures applied, significant
difficulties persist in their effective implementation. Re-education programs,
although designed with integrative intent, frequently face a lack of resources,
insufficient training, and structural weaknesses that hinder their true reach.
Furthermore, restorative justice emerges as the most promising paradigm, but it
remains poorly established in the Venezuelan context. It is concluded that to
achieve a system that not only sanctions, but also effectively re-educates and
reintegrates, it is essential to strengthen public policies,
inter-institutional coordination, and the training of legal practitioners under
a genuinely restorative approach that respects human rights.
Keywords: Sanction, re-education,
system, responsibility, criminal justice, Venezuelan adolescent, human rights.
Biographical Note: Universidad Nacional Experimental
de los Llanos Centrales "Rómulo Gallegos" (2014). MSC. Educational Research. Universidad
Bicentenario de Aragua (2009). Lawyer. Universidad Nacional Abierta (Open National University), 2000. Bachelor
of Comprehensive Education, Specialization in Social Sciences. Specialist in
Civil Procedural Law.
Introducción
El
abordaje de la responsabilidad penal de los adolescentes ha sido uno de los
ejes más complejos en la construcción de sistemas jurídicos modernos,
particularmente en sociedades atravesadas por tensiones sociales y
desigualdades estructurales. En el caso venezolano, el Sistema de
Responsabilidad Penal Adolescente se erige como un marco legal que no sólo
regula las sanciones impuestas a los jóvenes en conflicto con la ley, sino que
también busca articular mecanismos de reeducación y reinserción social.
Este
enfoque supone un reto constante: equilibrar la necesidad de sancionar
conductas que vulneran la convivencia social con el deber de garantizar
derechos fundamentales reconocidos en instrumentos internacionales de derechos
humanos, especialmente cuando se trata de individuos en pleno proceso de
desarrollo psicológico, emocional y social.
Como
afirma Cillero Bruñol (2005, 45), “uno de los
desafíos centrales de la justicia juvenil en América Latina es superar la
lógica punitiva heredada de sistemas penales adultos y construir modelos que
reconozcan la especificidad de la adolescencia”. Este planteamiento resulta
pertinente porque recalca la necesidad de ver a los jóvenes no como
“delincuentes en miniatura”, sino como sujetos de derechos en formación. Cabe
considerar que, en contextos como el venezolano, esta mirada tropieza con obstáculos
materiales: hacinamiento en centros de reclusión, falta de programas de
reintegración efectivos, ausencia de apoyo psicosocial sostenido.
Igualmente,
el autor recuerda que el paradigma de derechos humanos no es un ornamento
discursivo, sino el espacio desde el cual deben interpretarse y aplicarse las
sanciones. Desde esta perspectiva, la discusión no gira únicamente en torno a
cuán severas deben ser las medidas, sino a cómo estas pueden contribuir; en el
mismo sentido que proclaman las normas internacionales, a evitar la
reincidencia y fomentar la educación cívica. En este sentido, la contribución del
autor es clave porque obliga a repensar las políticas punitivas y situar al
adolescente en el centro, no como objeto de control, más bien como protagonista
de un proceso de responsabilización y transformación.
Además,
reflexionar en torno a este modelo tiene relevancia no solo jurídica, sino
también ética y política. En sociedades como la venezolana, donde los
adolescentes suelen ser desplazados a los márgenes por razones de pobreza,
violencia o exclusión, el tratamiento que reciben desde instancias judiciales
revela, en gran medida, cómo el Estado entiende la justicia, la protección y la
posibilidad de cambio. En este orden de ideas, analizar las interacciones entre
sanción y reeducación resulta crucial para pensar en políticas que no se
limiten al castigo, sino que contemplen procesos efectivos de transformación
social.
El
objetivo general de este trabajo es examinar el Sistema de Responsabilidad
Penal Adolescente venezolano desde una perspectiva de derechos humanos,
poniendo énfasis en sus tensiones, avances y limitaciones. En este camino, se
pretende desentrañar cómo principios como el interés superior del niño, el
derecho a la integridad personal y la prohibición de tratos crueles e inhumanos
se materializan, o se quedan como aspiraciones normativas en la práctica
judicial cotidiana. Asimismo, interesa destacar la dimensión pedagógica y
restaurativa que acompaña a estas medidas, pues en ellas se pone en juego no
sólo el futuro jurídico de los adolescentes, sino también su posibilidad de
reintegración comunitaria.
De
este modo, los aportes de la investigación se pueden entender en dos
direcciones. Por un lado, contribuye a visibilizar las contradicciones entre el
discurso jurídico-penal y la aplicación concreta de las medidas, lo que abre un
espacio para repensar las reformas pendientes en el sistema. Por otro lado,
permite proponer marcos interpretativos que favorezcan la dignidad y los
derechos de la adolescencia, en lugar de perpetuar una visión punitiva y
meramente sancionadora. Desde esta perspectiva, el análisis no se limita a
describir normas; busca más bien generar un punto de reflexión crítica que
dialogue con experiencias comparadas y con el marco global de protección de
derechos humanos.
Desarrollo
El
marco teórico del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente venezolano se
nutre de diversos enfoques y autores que han explorado sus principios,
tensiones y dimensiones desde la óptica jurídica, educativa y restaurativa. Se
destacan constructos como sanción, reeducación, justicia restaurativa, interés
superior del adolescente y derechos humanos, cada uno con implicancias
profundas y abordajes específicos en la literatura académica reciente.
Sanción y
reeducación
La
sanción en el sistema penal juvenil venezolano no se define únicamente como
respuesta punitiva al delito, sino como vía para la responsabilización y
eventual regeneración del adolescente. Al respecto, Dimuro (2015, 34) y Plaza
(2023, 33) enfatizan que “las sanciones deben ser vistas como una oportunidad
de transformación, donde la participación activa del Estado, la familia y la
sociedad resulta fundamental para asegurar un efecto socioeducativo más que
meramente represivo”.
De
tal modo, que estos autores realzan que la sanción en el sistema penal juvenil
venezolano no debe limitarse a una reacción punitiva frente al delito, sino que
representa una oportunidad para promover la responsabilización genuina y la
regeneración del adolescente infractor. Esta perspectiva se fundamenta en la
primacía de la participación activa de tres actores clave: el Estado, la
familia y la sociedad. Su intervención articulada es esencial para que la
sanción adquiera un efecto socioeducativo, alejándose de la tradicional lógica
represiva asociada a los sistemas penales de adultos.
En
este sentido, Dimuro argumenta que el carácter educativo y restaurativo de la
sanción se fortalece cuando se trasciende la reclusión y se apuesta por planes
individuales enfocados en el desarrollo emocional, social y cognitivo del
adolescente. La autora subraya la necesidad de que los jueces y operadores
prioricen la evolución positiva del joven, utilizando informes
multidisciplinarios para valorar si realmente ha asumido su responsabilidad y
está preparado para reintegrarse a la sociedad. Plaza, por su parte, coincide
en que la sanción solo logra sus objetivos si se convierte en un proceso
dinámico, donde el adolescente recibe apoyo y orientación constante,
permitiendo así el arraigo de valores y habilidades fundamentales para la no
reincidencia.
En
suma, la cita destaca un giro crucial en la filosofía jurídica juvenil, donde
la sanción se redefine como un espacio de oportunidad y crecimiento, y no
exclusivamente como castigo. Este enfoque requiere cambios sustanciales en la
formación de operadores, la gestión de recursos y la política pública, para
garantizar que la participación de los distintos actores sea efectiva y
sostenida en el tiempo.
Justicia restaurativa
Autores
como Vetere (2021, 45) y Soto Alfaro (2023, 89) amplían el debate proponiendo
el “modelo de justicia restaurativa, el cual privilegia la reparación del daño,
la reconciliación y la reinserción efectiva del joven infractor en la comunidad”.
Este enfoque destaca la importancia de involucrar a la víctima y a la
comunidad, permitiendo procesos de reflexión y crecimiento emocional que
trascienden la sanción formal, y generando condiciones reales para una segunda
oportunidad que disminuya la reincidencia.
En
este marco de ideas, Vetere enfatiza que, a diferencia del paradigma
retributivo, la justicia restaurativa sitúa en el centro la reparación del daño
causado, privilegiando el restablecimiento de la relación entre la víctima, el
infractor y la comunidad en general. Este enfoque desplaza el eje del castigo
hacia la reconciliación y la restitución simbólica y material, considerando
indispensable la participación activa de todas las partes involucradas en el
proceso penal, lo que fomenta la reflexión y el desarrollo emocional tanto del
joven infractor como de quienes han sufrido el daño.
Por
su parte, Soto Alfaro, sostiene que la reinserción social efectiva requiere
procesos restaurativos integrales, en los que la víctima no sea un mero objeto
de la actuación penal, sino actor clave en la resolución del conflicto y en la
construcción de acuerdos reparadores. Su investigación en contextos
latinoamericanos revela que los adolescentes que participan en procedimientos
restaurativos experimentan menores niveles de reincidencia y muestran un
crecimiento significativo en su sentido de responsabilidad y empatía social.
El
análisis comparativo muestra además que la justicia restaurativa abre un
espacio para el perdón, la reparación y la reconfiguración positiva de los
vínculos comunitarios, permitiendo a los jóvenes no sólo asumir las
consecuencias de sus acciones sino también acceder, de manera realista, a una
segunda oportunidad. Si bien ambos autores reconocen los desafíos estructurales
y culturales para la consolidación de este enfoque en países como Venezuela y
Perú, coinciden en que incorporar la voz de la víctima y de la comunidad no
sólo refuerza el valor preventivo del sistema penal, sino que también humaniza
el proceso y fortalece las posibilidades de integración futura del adolescente.
Así, Vetere y Soto Alfaro contribuyen a reorientar el sentido de la
intervención penal juvenil: de un simple acto sancionador a un proceso de
acompañamiento transformador, donde reparar y reconciliar importan tanto, o más;que castigar.
Interés superior
del adolescente
El
principio de especialidad y el interés superior del adolescente, recogidos en
la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), han
sido defendidos tanto por Beloff (2015, 45), quien subraya “el deber estatal de
ajustar la intervención penal de acuerdo con el desarrollo biológico, emocional
y social del adolescente”. Esto implica que las políticas y medidas adoptadas
deben priorizar la protección, la integración progresiva y la restauración por
encima de la simple privación de libertad.
Por
lo que, la defensa del principio de especialidad y el interés superior del
adolescente, tal como lo expone Beloff, representa uno de los pilares
fundamentales del sistema de protección y responsabilidad penal juvenil en
Venezuela. Según la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes (LOPNNA), ambos principios obligan al Estado a desplegar políticas
y medidas que tengan en cuenta el desarrollo biológico, emocional y social de
los adolescentes, situándolos en condición de sujetos de derecho y no como
simples objetos de control institucional.
Este
enfoque demanda que toda sanción o intervención priorice la protección
integral, la integración progresiva y la garantía de procesos restaurativos que
permitan a los jóvenes reconstruir sus vínculos familiares y sociales. Beloff
sostiene que el deber estatal no puede limitarse a la privación de libertad
como única respuesta ante el delito, más bien debe generar alternativas
pedagógicas y comunitarias orientadas al desarrollo pleno del adolescente,
respetando su etapa vital y promoviendo su autonomía progresiva. Dichas medidas
incluyen reglas de conducta, servicios a la comunidad y libertad asistida,
entre otros mecanismos que buscan transformar positivamente la conducta y
ofrecer segundas oportunidades.
Por
otro lado, la LOPNNA establece en el artículo 8 el deber de tomar en cuenta la
opinión del adolescente, el equilibrio entre sus derechos y deberes, y su
condición específica como persona en desarrollo. Esta ponderación exige
procedimientos individualizados y una apreciación sensible del contexto social
y familiar, evitando la arbitrariedad judicial y el abuso de derecho. El
principio de especialidad implica adaptar la justicia penal juvenil a las
necesidades distintas de los adolescentes y ubicar la protección en el centro
de toda resolución o medida que los afecte.
Los
expertos advierten, sin embargo, que este ideal puede verse amenazado por
interpretaciones adultocéntricas o lógicas punitivas
que relegan los intereses de los adolescentes o subordinan sus derechos a otras
prioridades institucionales o familiares. Un análisis crítico revela, entonces,
la importancia de fortalecer instancias de participación, mecanismos de control
y formación profesional en derechos de la niñez y adolescencia, para que el
principio de interés superior no sea simplemente una formulación retórica sino
una realidad efectiva y permanente en la justicia penal juvenil venezolana.
Derechos humanos
La
perspectiva de derechos humanos configura una matriz esencial en los análisis
de Rodríguez (2002) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Desde esta perspectiva, la responsabilidad penal adolescente debe responder a
los estándares internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño
y demás instrumentos que demandan procesos judiciales garantistas, trato digno
y protección contra toda forma de violencia institucional.
Por
un lado, la literatura especializada evidencia una constante tensión entre la
teoría jurídica y la práctica institucional. Agüero (2023) y Barreto (2020)
advierten que la brecha entre los principios normativos y su implementación
deriva de deficiencias estructurales: insuficiencia de programas de inclusión,
falta de formación profesional y prevalencia de culturas punitivas que
dificultan una aplicación efectiva de la justicia restaurativa. En este
sentido, la función pedagógica del derecho penal juvenil se ve obstaculizada en
escenarios de hacinamiento, indiferencia social y débil articulación
interinstitucional.
Junto
a ello, autores como Morales (2015) han mostrado que las medidas judiciales
aplicadas en medios comunitarios resultan más efectivas en la reintegración
social de los adolescentes infractores que aquellas centradas en la privación
de libertad. Además, las investigaciones sobre reincidencia arrojan que
programas de reintegración sostenida, acompañados de redes familiares y
comunitarias, logran resultados positivos y contribuyen a la disminución de
conductas delictivas en el largo plazo.
A su
vez, Chinchayan et al. (2025) insisten en que la
justicia restaurativa, al potenciar la empatía y la percepción de agencia en
los adolescentes, constituye una vía real para la transformación personal y
colectiva. Procesos donde los jóvenes asumen la reparación y reflexionan sobre
el impacto de sus actos en la comunidad generan una internalización más
profunda de las normas sociales y una mejor adaptación tras cumplir la sanción.
Finalmente,
Dionne y Altamirano (2012) sugieren que el sistema no debería ver al
adolescente como “sujeto peligroso”, sino como individuo en construcción, capaz
de aprender, modificar comportamientos y reincorporarse a la sociedad. En este
orden, la corresponsabilidad del Estado, familia y comunidad resulta
imprescindible para consolidar un modelo de justicia juvenil verdaderamente
restaurativo e inclusivo.
Metodología
La
metodología adoptada en el estudio del Sistema de Responsabilidad Penal
Adolescente venezolano obedece a una estructura de investigación rigurosa,
fundamentada en el paradigma interpretativo, con un tipo de investigación
predominantemente documental y bibliográfica. Se detallan a continuación los
puntos clave, citando autores, año y realizando una respectiva valoración
crítica.
El
paradigma interpretativo guio esta investigación debido a su capacidad para
captar el sentido de los fenómenos jurídicos dentro de sus contextos sociales,
culturales e históricos. Según Fuentes Yalle (2023, 78), dicho paradigma “favorece
el análisis profundo de textos legales, discursos doctrinales y prácticas
institucionales, permitiendo comprender las lógicas y tensiones subyacentes en
la aplicación de la ley penal adolescente”.
Considerando
la complejidad de los procesos penales juveniles, adoptar este enfoque
hermenéutico posibilitó descubrir nuevos matices en la interpretación jurídica,
hechos que el paradigma positivista tendería a ignorar en favor de la simple
descripción normativa. De este modo, la
perspectiva interpretativa permitió plantear preguntas sobre los significados y
finalidades últimas de las normas que regulan la vida de adolescentes en
conflicto con la ley.
A su
vez, este estudio se inscribió en el campo de la investigación documental,
utilizando fuentes bibliográficas como libros, artículos académicos,
sentencias, informes y legislación nacional e internacional. De acuerdo con
Dimuro (2015), “la investigación documental en derecho penal juvenil permite
analizar comparativamente normas y experiencias, a la vez que habilita
reconstruir el debate doctrinal y sociopolítico que rodea al sistema
sancionatorio”.
De
acuerdo con el autor, esta metodología permite reconstruir no solo el marco
normativo, sino también el amplio debate doctrinal y sociopolítico que rodea al
sistema sancionatorio para adolescentes. Este enfoque resultó especialmente
valioso para disciplinas jurídicas porque no se limita al estudio de la ley
escrita, sino que incorpora la interpretación crítica de la praxis
institucional y las tensiones sociales que influyen en la aplicación real del
derecho.
Por
su parte, las principales técnicas utilizadas en este estudio fueron la lectura
analítica, la síntesis, el subrayado y la elaboración de fichas temáticas.
Perdomo (1990, 87) argumenta que “este tipo de procedimientos asegura una
revisión meticulosa de los textos jurídicos y doctrinales, brindando insumos
suficientes para identificar tendencias, omisiones, contradicciones y buenas
prácticas en la aplicación judicial”. Este método, aunque clásico, no es un
mero ejercicio pasivo, más bien implica un trabajo hermenéutico activo que
permite detectar la emergencia de nuevos enfoques y la persistencia de
paradigmas anquilosados.
A su
vez, el análisis de contenido, propuesto por Agüero (2023, 42), sirvió como
herramienta clave “para decodificar los textos revisados, segmentando y
categorizando información relevante en torno a los constructos principales:
sanción, reeducación, interés superior del adolescente y justicia restaurativa”.
Lo cual permitió contrastar hallazgos teóricos con evidencia empírica y datos
oficiales, enriqueciendo la interpretación y evitando reduccionismos.
Además,
el rigor científico se garantizó siguiendo criterios de exhaustividad,
pertinencia y actualidad en la selección de fuentes, así como procedimientos
sistematizados para la organización, análisis y contraste de información.
Dimuro (2015, 65) señala que “el control de calidad en estudios documentales
exige un proceso crítico de depuración de materiales, junto con un registro
transparente de los criterios de inclusión y exclusión de la bibliografía
utilizada”. Esto, complementado con la revisión paritaria y la contrastación de
distintas perspectivas teóricas, robusteció el grado de confiabilidad y solidez
argumental de la investigación.
Resultados
Los
resultados del análisis comparativo muestran que las distintas posiciones
teóricas y normativas sobre el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente
evidencian tensiones y coincidencias en cuanto a sanción, reeducación y
justicia restaurativa. Los aportes de los principales autores permiten
visualizar puntos críticos y soluciones alternativas dentro del contexto
venezolano y regional.
Al
respecto, Dimuro (2015, 20), resalta que “las sanciones impuestas en Venezuela
deben cumplir un propósito educativo y protector, respetando la dignidad y los
derechos fundamentales del adolescente”. En su análisis, advierte que, aunque
la normativa venezolana proclama principios como la proporcionalidad y el
interés superior del menor, en la práctica suelen predominar lógicas punitivas,
lo que limita el impacto socioeducativo de las medidas adoptadas.
Por
otra parte, Bernate González y Maldonado Mejía (2012, 23), en su comparación
con el modelo colombiano, destacan que “ambos sistemas reconocen derechos
fundamentales a los adolescentes y definen edades de imputabilidad y tipos de
sanción que buscan una atención diferenciada, aunque Venezuela tiende a
mantener un esquema más retributivo que el colombiano”. Ambos autores sostienen
que el potencial educativo de la sanción solo se actualiza si existe una
articulación efectiva entre el sistema judicial y los programas de reinserción
social.
Al
mismo tiempo, Plaza (2024, 32), subraya que “la reeducación debe estar ligada a
alternativas socioeducativas y a la integración comunitaria del adolescente
infractor”. Por lo que, advierte que los planes de intervención, aunque bien
diseñados, enfrentan desafíos estructurales como la falta de recursos, personal
capacitado y seguimiento, lo que reduce la eficacia y alcance de la reeducación
en la práctica.
En
el mismo sentido, Alva Castillejos (2021, 32) analiza cómo “la justicia juvenil
restaurativa promueve un modelo de reparación y educación que supera el mero
castigo, enfatizando el valor de la mediación, el diálogo y la participación
activa de la comunidad y la familia”. Siendo así, afirma que la reeducación efectiva
solo ocurre en escenarios donde los operadores de justicia asumen el enfoque
restaurativo no como excepción, sino como regla.
Del
mismo modo, Soto Alfaro (2023, 54), “expone que la justicia restaurativa
permite la responsabilidad voluntaria del joven infractor, la restitución
activa a la víctima y la reinserción social, generando mayor comprensión y
respeto por los derechos humanos”. Por lo tanto, su análisis enfatiza que este
modelo aporta beneficios concretos, como el descenso de la reincidencia y mayor
éxito en la integración social, destacando la necesidad de fortalecer su
implementación en Venezuela.
A su
vez, Barco y Pantoja (2021,9), en su revisión sobre justicia restaurativa en
Colombia, comparan “el modelo restaurativo colombiano con el venezolano,
concluyendo que la integración real de la víctima y la sociedad al proceso
penal es lo que permite que la sanción adquiera sentido reparador y educativo”.
Desde su perspectiva, Venezuela enfrenta el reto de superar las estructuras
retributivas para desarrollar respuestas verdaderamente restaurativas.
En
consecuencia, el análisis de la literatura internacional, como la recopilación
de la Organización de Estados Americanos, muestra que las edades de
imputabilidad y la intensidad de las sanciones varían en la región, pero existe
consenso en la importancia de avanzar hacia sistemas donde la justicia para
adolescentes sea reparadora y educativa. Los autores Lamas y Cervantes
reflexionan críticamente sobre la necesidad de dejar atrás modelos punitivos,
apostando por enfoques más comprensivos, en los que la reinserción social se
convierte en núcleo del sistema. En síntesis, los autores coinciden en que para
transformar realmente la justicia penal juvenil venezolana es indispensable
mantener el respeto a los derechos humanos, fortalecer los programas de
reeducación y profundizar la implementación de enfoques restaurativos.
Conclusiones
Las
conclusiones sobre el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente venezolano
señalan que, aunque se ha avanzado en el reconocimiento de principios
fundamentales como la excepcionalidad, proporcionalidad y progresividad de las
sanciones, persisten importantes desafíos en la implementación material del
sistema y el cumplimiento pleno de sus fines educativos y restaurativos. El sistema reconoce y regula una amplia gama
de medidas sancionatorias que buscan, ante todo, la formación integral del
adolescente y su adecuada reintegración familiar y social.
Estas
medidas no pretenden suprimir la responsabilidad por los actos cometidos, sino
orientar la respuesta estatal hacia programas pedagógicos y sociales, aplicando
reglas de conducta, servicios a la comunidad, libertad asistida y, solo
excepcionalmente, privación de libertad. El objetivo primordial es educar y
transformar al adolescente transgresor, concientizándolo sobre sus conductas y
realizándole un acompañamiento que involucre al Estado, la familia y la
comunidad.
Por
lo que, la investigación evidencia que la corresponsabilidad del Estado, la
familia y la sociedad sigue siendo un principio irrenunciable, aunque en la
práctica existen debilidades notables en cuanto a la articulación y cooperación
entre estos actores. La falta de protección integral, oportunidades de
reinserción, y deficiencias en los medios de apoyo institucional han afectado
la eficacia de las medidas. Ello provoca un incremento en la reincidencia y
limita el desarrollo personal y social del adolescente, lo cual subraya la
necesidad de reforzar los mecanismos de garantía y acompañamiento.
A su
vez, el sistema jurídico prevé garantías fundamentales como el debido proceso,
la defensa y la dignidad, pero estos derechos frecuentemente enfrentan
obstáculos por la carencia de recursos, personal especializado y mecanismos
sostenidos de control y supervisión. A pesar de los esfuerzos legislativos, la
aplicación real de sanciones y programas socioeducativos es amplia y desigual,
lo que deja a muchos adolescentes vulnerables ante la falta de seguimiento y
rehabilitación efectiva.
En
comparación con otros sistemas latinoamericanos, como el colombiano, Venezuela
comparte principios estructurales y objetivos de protección, pero tiende a
mantener un modelo más retributivo, donde la pedagogía y la reparación social
aún deben fortalecerse. La justicia restaurativa aparece como la alternativa
más prometedora, generando mayor integración y disminuyendo la reincidencia,
siempre que vaya acompañada de una reforma institucional y de políticas
públicas inclusivas.
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