ENTRE LA SANCIÓN Y LA REEDUCACIÓN: EXPLORANDO EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE VENEZOLANO DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS.

 

Autora: MSc. Zenaida Marina Morales Blanco

Correo: zen_blanco@hotmail.com

Código Orcid: https://orcid.org/0009-0000-2563-8447

Línea de Investigación: Desarrollo Humano Integral

 

RESUMEN

Este estudio abordó el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente venezolano desde una perspectiva de derechos humanos, explorando el delicado equilibrio entre la sanción y la reeducación. El objetivo principal consistió en analizar cómo se concretan los principios de especialidad, interés superior del adolescente, proporcionalidad de la sanción y justicia restaurativa tanto en el marco normativo como en la práctica institucional del sistema penal juvenil venezolano. La metodología adoptada fue de tipo cualitativo, sustentada en el paradigma interpretativo y ejecutada a través de una investigación documental y bibliográfica. Se emplearon técnicas de revisión exhaustiva, categorización temática y análisis de contenido de normas, doctrina y estudios comparados, complementadas con una rigurosa selección y triangulación de fuentes académicas y oficiales. Entre los resultados destaca que, aunque Venezuela ha avanzado en la incorporación de normas que declaran la excepcionalidad de la sanción privativa de libertad y la finalidad educativa de las medidas aplicadas, persisten notables dificultades en su implementación efectiva. Los programas de reeducación, si bien diseñados con intención integradora, frecuentemente enfrentan faltas de recursos, capacitación insuficiente y debilidades estructurales que dificultan su verdadero alcance. Además, la justicia restaurativa emerge como el paradigma más prometedor, pero aún poco consolidado en la realidad venezolana. Se concluye que para lograr un sistema que no solo sancione, sino que efectivamente reeduque y reintegre, resulta indispensable fortalecer las políticas públicas, la coordinación interinstitucional y la formación de los operadores jurídicos bajo una visión genuinamente restaurativa y de respeto a los derechos humanos.

Descriptores: Sanción, reeducación, sistema, responsabilidad, penal, adolescente venezolano, derechos humanos.

Reseña Biográfica: Universidad Nacional Experimental de los Llanos Centrales "Rómulo Gallegos 2014. MSC. Investigación Educativa.  Universidad Bicentenario de Aragua", 2009. Abogada.  Universidad Nacional Abierta, 2000.Licenciado en Educación Integral Mención Ciencias Sociales. Especialista en Derecho procesal civil.

 

 

 

 

 

 

BETWEEN SANCTION AND RE-EDUCATION: EXPLORING THE VENEZUELAN ADOLESCENT CRIMINAL ACCOUNTABILITY SYSTEM FROM A HUMAN RIGHTS PERSPECTIVE.

 

Author: MSc. Zenaida Marina Morales Blanco

Email: zen_blanco@hotmail.com

ORCID Code: https://orcid.org/0009-0000-2563-8447

Line of Research: Integral Human Development

 

ABSTRACT

This study addressed the Venezuelan Adolescent Criminal Accountability System from a human rights perspective, exploring the delicate balance between sanction and re-education. The main objective was to analyze how the principles of specialization, the best interests of the adolescent, proportionality of the sanction, and restorative justice are realized both within the regulatory framework and in the institutional practice of the Venezuelan juvenile criminal justice system. The methodology adopted was qualitative, based on the interpretive paradigm and implemented through documentary and bibliographic research. Techniques included exhaustive review, thematic categorization, and content analysis of regulations, doctrine, and comparative studies, complemented by a rigorous selection and triangulation of academic and official sources. Among the results, it is noteworthy that, although Venezuela has made progress in incorporating regulations that declare the exceptional nature of custodial sentences and the educational purpose of the measures applied, significant difficulties persist in their effective implementation. Re-education programs, although designed with integrative intent, frequently face a lack of resources, insufficient training, and structural weaknesses that hinder their true reach. Furthermore, restorative justice emerges as the most promising paradigm, but it remains poorly established in the Venezuelan context. It is concluded that to achieve a system that not only sanctions, but also effectively re-educates and reintegrates, it is essential to strengthen public policies, inter-institutional coordination, and the training of legal practitioners under a genuinely restorative approach that respects human rights.

Keywords: Sanction, re-education, system, responsibility, criminal justice, Venezuelan adolescent, human rights.

Biographical Note: Universidad Nacional Experimental de los Llanos Centrales "Rómulo Gallegos" (2014). MSC. Educational Research. Universidad Bicentenario de Aragua (2009). Lawyer. Universidad Nacional Abierta (Open National University), 2000. Bachelor of Comprehensive Education, Specialization in Social Sciences. Specialist in Civil Procedural Law.

 

 

 

 

Introducción

El abordaje de la responsabilidad penal de los adolescentes ha sido uno de los ejes más complejos en la construcción de sistemas jurídicos modernos, particularmente en sociedades atravesadas por tensiones sociales y desigualdades estructurales. En el caso venezolano, el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente se erige como un marco legal que no sólo regula las sanciones impuestas a los jóvenes en conflicto con la ley, sino que también busca articular mecanismos de reeducación y reinserción social.

Este enfoque supone un reto constante: equilibrar la necesidad de sancionar conductas que vulneran la convivencia social con el deber de garantizar derechos fundamentales reconocidos en instrumentos internacionales de derechos humanos, especialmente cuando se trata de individuos en pleno proceso de desarrollo psicológico, emocional y social.

Como afirma Cillero Bruñol (2005, 45), “uno de los desafíos centrales de la justicia juvenil en América Latina es superar la lógica punitiva heredada de sistemas penales adultos y construir modelos que reconozcan la especificidad de la adolescencia”. Este planteamiento resulta pertinente porque recalca la necesidad de ver a los jóvenes no como “delincuentes en miniatura”, sino como sujetos de derechos en formación. Cabe considerar que, en contextos como el venezolano, esta mirada tropieza con obstáculos materiales: hacinamiento en centros de reclusión, falta de programas de reintegración efectivos, ausencia de apoyo psicosocial sostenido.

Igualmente, el autor recuerda que el paradigma de derechos humanos no es un ornamento discursivo, sino el espacio desde el cual deben interpretarse y aplicarse las sanciones. Desde esta perspectiva, la discusión no gira únicamente en torno a cuán severas deben ser las medidas, sino a cómo estas pueden contribuir; en el mismo sentido que proclaman las normas internacionales, a evitar la reincidencia y fomentar la educación cívica. En este sentido, la contribución del autor es clave porque obliga a repensar las políticas punitivas y situar al adolescente en el centro, no como objeto de control, más bien como protagonista de un proceso de responsabilización y transformación.

Además, reflexionar en torno a este modelo tiene relevancia no solo jurídica, sino también ética y política. En sociedades como la venezolana, donde los adolescentes suelen ser desplazados a los márgenes por razones de pobreza, violencia o exclusión, el tratamiento que reciben desde instancias judiciales revela, en gran medida, cómo el Estado entiende la justicia, la protección y la posibilidad de cambio. En este orden de ideas, analizar las interacciones entre sanción y reeducación resulta crucial para pensar en políticas que no se limiten al castigo, sino que contemplen procesos efectivos de transformación social.

El objetivo general de este trabajo es examinar el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente venezolano desde una perspectiva de derechos humanos, poniendo énfasis en sus tensiones, avances y limitaciones. En este camino, se pretende desentrañar cómo principios como el interés superior del niño, el derecho a la integridad personal y la prohibición de tratos crueles e inhumanos se materializan, o se quedan como aspiraciones normativas en la práctica judicial cotidiana. Asimismo, interesa destacar la dimensión pedagógica y restaurativa que acompaña a estas medidas, pues en ellas se pone en juego no sólo el futuro jurídico de los adolescentes, sino también su posibilidad de reintegración comunitaria.

De este modo, los aportes de la investigación se pueden entender en dos direcciones. Por un lado, contribuye a visibilizar las contradicciones entre el discurso jurídico-penal y la aplicación concreta de las medidas, lo que abre un espacio para repensar las reformas pendientes en el sistema. Por otro lado, permite proponer marcos interpretativos que favorezcan la dignidad y los derechos de la adolescencia, en lugar de perpetuar una visión punitiva y meramente sancionadora. Desde esta perspectiva, el análisis no se limita a describir normas; busca más bien generar un punto de reflexión crítica que dialogue con experiencias comparadas y con el marco global de protección de derechos humanos.

 

Desarrollo

 

El marco teórico del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente venezolano se nutre de diversos enfoques y autores que han explorado sus principios, tensiones y dimensiones desde la óptica jurídica, educativa y restaurativa. Se destacan constructos como sanción, reeducación, justicia restaurativa, interés superior del adolescente y derechos humanos, cada uno con implicancias profundas y abordajes específicos en la literatura académica reciente.

 

Sanción y reeducación

La sanción en el sistema penal juvenil venezolano no se define únicamente como respuesta punitiva al delito, sino como vía para la responsabilización y eventual regeneración del adolescente. Al respecto, Dimuro (2015, 34) y Plaza (2023, 33) enfatizan que “las sanciones deben ser vistas como una oportunidad de transformación, donde la participación activa del Estado, la familia y la sociedad resulta fundamental para asegurar un efecto socioeducativo más que meramente represivo”.

De tal modo, que estos autores realzan que la sanción en el sistema penal juvenil venezolano no debe limitarse a una reacción punitiva frente al delito, sino que representa una oportunidad para promover la responsabilización genuina y la regeneración del adolescente infractor. Esta perspectiva se fundamenta en la primacía de la participación activa de tres actores clave: el Estado, la familia y la sociedad. Su intervención articulada es esencial para que la sanción adquiera un efecto socioeducativo, alejándose de la tradicional lógica represiva asociada a los sistemas penales de adultos.

En este sentido, Dimuro argumenta que el carácter educativo y restaurativo de la sanción se fortalece cuando se trasciende la reclusión y se apuesta por planes individuales enfocados en el desarrollo emocional, social y cognitivo del adolescente. La autora subraya la necesidad de que los jueces y operadores prioricen la evolución positiva del joven, utilizando informes multidisciplinarios para valorar si realmente ha asumido su responsabilidad y está preparado para reintegrarse a la sociedad. Plaza, por su parte, coincide en que la sanción solo logra sus objetivos si se convierte en un proceso dinámico, donde el adolescente recibe apoyo y orientación constante, permitiendo así el arraigo de valores y habilidades fundamentales para la no reincidencia.

En suma, la cita destaca un giro crucial en la filosofía jurídica juvenil, donde la sanción se redefine como un espacio de oportunidad y crecimiento, y no exclusivamente como castigo. Este enfoque requiere cambios sustanciales en la formación de operadores, la gestión de recursos y la política pública, para garantizar que la participación de los distintos actores sea efectiva y sostenida en el tiempo.

 

Justicia restaurativa

Autores como Vetere (2021, 45) y Soto Alfaro (2023, 89) amplían el debate proponiendo el “modelo de justicia restaurativa, el cual privilegia la reparación del daño, la reconciliación y la reinserción efectiva del joven infractor en la comunidad”. Este enfoque destaca la importancia de involucrar a la víctima y a la comunidad, permitiendo procesos de reflexión y crecimiento emocional que trascienden la sanción formal, y generando condiciones reales para una segunda oportunidad que disminuya la reincidencia.

En este marco de ideas, Vetere enfatiza que, a diferencia del paradigma retributivo, la justicia restaurativa sitúa en el centro la reparación del daño causado, privilegiando el restablecimiento de la relación entre la víctima, el infractor y la comunidad en general. Este enfoque desplaza el eje del castigo hacia la reconciliación y la restitución simbólica y material, considerando indispensable la participación activa de todas las partes involucradas en el proceso penal, lo que fomenta la reflexión y el desarrollo emocional tanto del joven infractor como de quienes han sufrido el daño.

Por su parte, Soto Alfaro, sostiene que la reinserción social efectiva requiere procesos restaurativos integrales, en los que la víctima no sea un mero objeto de la actuación penal, sino actor clave en la resolución del conflicto y en la construcción de acuerdos reparadores. Su investigación en contextos latinoamericanos revela que los adolescentes que participan en procedimientos restaurativos experimentan menores niveles de reincidencia y muestran un crecimiento significativo en su sentido de responsabilidad y empatía social.

El análisis comparativo muestra además que la justicia restaurativa abre un espacio para el perdón, la reparación y la reconfiguración positiva de los vínculos comunitarios, permitiendo a los jóvenes no sólo asumir las consecuencias de sus acciones sino también acceder, de manera realista, a una segunda oportunidad. Si bien ambos autores reconocen los desafíos estructurales y culturales para la consolidación de este enfoque en países como Venezuela y Perú, coinciden en que incorporar la voz de la víctima y de la comunidad no sólo refuerza el valor preventivo del sistema penal, sino que también humaniza el proceso y fortalece las posibilidades de integración futura del adolescente. Así, Vetere y Soto Alfaro contribuyen a reorientar el sentido de la intervención penal juvenil: de un simple acto sancionador a un proceso de acompañamiento transformador, donde reparar y reconciliar importan tanto, o más;que castigar.

 

Interés superior del adolescente

 

El principio de especialidad y el interés superior del adolescente, recogidos en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), han sido defendidos tanto por Beloff (2015, 45), quien subraya “el deber estatal de ajustar la intervención penal de acuerdo con el desarrollo biológico, emocional y social del adolescente”. Esto implica que las políticas y medidas adoptadas deben priorizar la protección, la integración progresiva y la restauración por encima de la simple privación de libertad.

Por lo que, la defensa del principio de especialidad y el interés superior del adolescente, tal como lo expone Beloff, representa uno de los pilares fundamentales del sistema de protección y responsabilidad penal juvenil en Venezuela. Según la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), ambos principios obligan al Estado a desplegar políticas y medidas que tengan en cuenta el desarrollo biológico, emocional y social de los adolescentes, situándolos en condición de sujetos de derecho y no como simples objetos de control institucional.

Este enfoque demanda que toda sanción o intervención priorice la protección integral, la integración progresiva y la garantía de procesos restaurativos que permitan a los jóvenes reconstruir sus vínculos familiares y sociales. Beloff sostiene que el deber estatal no puede limitarse a la privación de libertad como única respuesta ante el delito, más bien debe generar alternativas pedagógicas y comunitarias orientadas al desarrollo pleno del adolescente, respetando su etapa vital y promoviendo su autonomía progresiva. Dichas medidas incluyen reglas de conducta, servicios a la comunidad y libertad asistida, entre otros mecanismos que buscan transformar positivamente la conducta y ofrecer segundas oportunidades.

Por otro lado, la LOPNNA establece en el artículo 8 el deber de tomar en cuenta la opinión del adolescente, el equilibrio entre sus derechos y deberes, y su condición específica como persona en desarrollo. Esta ponderación exige procedimientos individualizados y una apreciación sensible del contexto social y familiar, evitando la arbitrariedad judicial y el abuso de derecho. El principio de especialidad implica adaptar la justicia penal juvenil a las necesidades distintas de los adolescentes y ubicar la protección en el centro de toda resolución o medida que los afecte.

Los expertos advierten, sin embargo, que este ideal puede verse amenazado por interpretaciones adultocéntricas o lógicas punitivas que relegan los intereses de los adolescentes o subordinan sus derechos a otras prioridades institucionales o familiares. Un análisis crítico revela, entonces, la importancia de fortalecer instancias de participación, mecanismos de control y formación profesional en derechos de la niñez y adolescencia, para que el principio de interés superior no sea simplemente una formulación retórica sino una realidad efectiva y permanente en la justicia penal juvenil venezolana.

 

Derechos humanos

La perspectiva de derechos humanos configura una matriz esencial en los análisis de Rodríguez (2002) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Desde esta perspectiva, la responsabilidad penal adolescente debe responder a los estándares internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño y demás instrumentos que demandan procesos judiciales garantistas, trato digno y protección contra toda forma de violencia institucional.

Por un lado, la literatura especializada evidencia una constante tensión entre la teoría jurídica y la práctica institucional. Agüero (2023) y Barreto (2020) advierten que la brecha entre los principios normativos y su implementación deriva de deficiencias estructurales: insuficiencia de programas de inclusión, falta de formación profesional y prevalencia de culturas punitivas que dificultan una aplicación efectiva de la justicia restaurativa. En este sentido, la función pedagógica del derecho penal juvenil se ve obstaculizada en escenarios de hacinamiento, indiferencia social y débil articulación interinstitucional.

Junto a ello, autores como Morales (2015) han mostrado que las medidas judiciales aplicadas en medios comunitarios resultan más efectivas en la reintegración social de los adolescentes infractores que aquellas centradas en la privación de libertad. Además, las investigaciones sobre reincidencia arrojan que programas de reintegración sostenida, acompañados de redes familiares y comunitarias, logran resultados positivos y contribuyen a la disminución de conductas delictivas en el largo plazo.

A su vez, Chinchayan et al. (2025) insisten en que la justicia restaurativa, al potenciar la empatía y la percepción de agencia en los adolescentes, constituye una vía real para la transformación personal y colectiva. Procesos donde los jóvenes asumen la reparación y reflexionan sobre el impacto de sus actos en la comunidad generan una internalización más profunda de las normas sociales y una mejor adaptación tras cumplir la sanción.

Finalmente, Dionne y Altamirano (2012) sugieren que el sistema no debería ver al adolescente como “sujeto peligroso”, sino como individuo en construcción, capaz de aprender, modificar comportamientos y reincorporarse a la sociedad. En este orden, la corresponsabilidad del Estado, familia y comunidad resulta imprescindible para consolidar un modelo de justicia juvenil verdaderamente restaurativo e inclusivo.

 

 

Metodología

 

La metodología adoptada en el estudio del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente venezolano obedece a una estructura de investigación rigurosa, fundamentada en el paradigma interpretativo, con un tipo de investigación predominantemente documental y bibliográfica. Se detallan a continuación los puntos clave, citando autores, año y realizando una respectiva valoración crítica.

El paradigma interpretativo guio esta investigación debido a su capacidad para captar el sentido de los fenómenos jurídicos dentro de sus contextos sociales, culturales e históricos. Según Fuentes Yalle (2023, 78), dicho paradigma “favorece el análisis profundo de textos legales, discursos doctrinales y prácticas institucionales, permitiendo comprender las lógicas y tensiones subyacentes en la aplicación de la ley penal adolescente”.

Considerando la complejidad de los procesos penales juveniles, adoptar este enfoque hermenéutico posibilitó descubrir nuevos matices en la interpretación jurídica, hechos que el paradigma positivista tendería a ignorar en favor de la simple descripción normativa.  De este modo, la perspectiva interpretativa permitió plantear preguntas sobre los significados y finalidades últimas de las normas que regulan la vida de adolescentes en conflicto con la ley.

A su vez, este estudio se inscribió en el campo de la investigación documental, utilizando fuentes bibliográficas como libros, artículos académicos, sentencias, informes y legislación nacional e internacional. De acuerdo con Dimuro (2015), “la investigación documental en derecho penal juvenil permite analizar comparativamente normas y experiencias, a la vez que habilita reconstruir el debate doctrinal y sociopolítico que rodea al sistema sancionatorio”.

De acuerdo con el autor, esta metodología permite reconstruir no solo el marco normativo, sino también el amplio debate doctrinal y sociopolítico que rodea al sistema sancionatorio para adolescentes. Este enfoque resultó especialmente valioso para disciplinas jurídicas porque no se limita al estudio de la ley escrita, sino que incorpora la interpretación crítica de la praxis institucional y las tensiones sociales que influyen en la aplicación real del derecho.

Por su parte, las principales técnicas utilizadas en este estudio fueron la lectura analítica, la síntesis, el subrayado y la elaboración de fichas temáticas. Perdomo (1990, 87) argumenta que “este tipo de procedimientos asegura una revisión meticulosa de los textos jurídicos y doctrinales, brindando insumos suficientes para identificar tendencias, omisiones, contradicciones y buenas prácticas en la aplicación judicial”. Este método, aunque clásico, no es un mero ejercicio pasivo, más bien implica un trabajo hermenéutico activo que permite detectar la emergencia de nuevos enfoques y la persistencia de paradigmas anquilosados.

A su vez, el análisis de contenido, propuesto por Agüero (2023, 42), sirvió como herramienta clave “para decodificar los textos revisados, segmentando y categorizando información relevante en torno a los constructos principales: sanción, reeducación, interés superior del adolescente y justicia restaurativa”. Lo cual permitió contrastar hallazgos teóricos con evidencia empírica y datos oficiales, enriqueciendo la interpretación y evitando reduccionismos.

Además, el rigor científico se garantizó siguiendo criterios de exhaustividad, pertinencia y actualidad en la selección de fuentes, así como procedimientos sistematizados para la organización, análisis y contraste de información. Dimuro (2015, 65) señala que “el control de calidad en estudios documentales exige un proceso crítico de depuración de materiales, junto con un registro transparente de los criterios de inclusión y exclusión de la bibliografía utilizada”. Esto, complementado con la revisión paritaria y la contrastación de distintas perspectivas teóricas, robusteció el grado de confiabilidad y solidez argumental de la investigación.

 

Resultados

 

Los resultados del análisis comparativo muestran que las distintas posiciones teóricas y normativas sobre el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente evidencian tensiones y coincidencias en cuanto a sanción, reeducación y justicia restaurativa. Los aportes de los principales autores permiten visualizar puntos críticos y soluciones alternativas dentro del contexto venezolano y regional.

Al respecto, Dimuro (2015, 20), resalta que “las sanciones impuestas en Venezuela deben cumplir un propósito educativo y protector, respetando la dignidad y los derechos fundamentales del adolescente”. En su análisis, advierte que, aunque la normativa venezolana proclama principios como la proporcionalidad y el interés superior del menor, en la práctica suelen predominar lógicas punitivas, lo que limita el impacto socioeducativo de las medidas adoptadas.

Por otra parte, Bernate González y Maldonado Mejía (2012, 23), en su comparación con el modelo colombiano, destacan que “ambos sistemas reconocen derechos fundamentales a los adolescentes y definen edades de imputabilidad y tipos de sanción que buscan una atención diferenciada, aunque Venezuela tiende a mantener un esquema más retributivo que el colombiano”. Ambos autores sostienen que el potencial educativo de la sanción solo se actualiza si existe una articulación efectiva entre el sistema judicial y los programas de reinserción social.

Al mismo tiempo, Plaza (2024, 32), subraya que “la reeducación debe estar ligada a alternativas socioeducativas y a la integración comunitaria del adolescente infractor”. Por lo que, advierte que los planes de intervención, aunque bien diseñados, enfrentan desafíos estructurales como la falta de recursos, personal capacitado y seguimiento, lo que reduce la eficacia y alcance de la reeducación en la práctica.

En el mismo sentido, Alva Castillejos (2021, 32) analiza cómo “la justicia juvenil restaurativa promueve un modelo de reparación y educación que supera el mero castigo, enfatizando el valor de la mediación, el diálogo y la participación activa de la comunidad y la familia”.  Siendo así, afirma que la reeducación efectiva solo ocurre en escenarios donde los operadores de justicia asumen el enfoque restaurativo no como excepción, sino como regla.

Del mismo modo, Soto Alfaro (2023, 54), “expone que la justicia restaurativa permite la responsabilidad voluntaria del joven infractor, la restitución activa a la víctima y la reinserción social, generando mayor comprensión y respeto por los derechos humanos”. Por lo tanto, su análisis enfatiza que este modelo aporta beneficios concretos, como el descenso de la reincidencia y mayor éxito en la integración social, destacando la necesidad de fortalecer su implementación en Venezuela.

A su vez, Barco y Pantoja (2021,9), en su revisión sobre justicia restaurativa en Colombia, comparan “el modelo restaurativo colombiano con el venezolano, concluyendo que la integración real de la víctima y la sociedad al proceso penal es lo que permite que la sanción adquiera sentido reparador y educativo”. Desde su perspectiva, Venezuela enfrenta el reto de superar las estructuras retributivas para desarrollar respuestas verdaderamente restaurativas.

En consecuencia, el análisis de la literatura internacional, como la recopilación de la Organización de Estados Americanos, muestra que las edades de imputabilidad y la intensidad de las sanciones varían en la región, pero existe consenso en la importancia de avanzar hacia sistemas donde la justicia para adolescentes sea reparadora y educativa. Los autores Lamas y Cervantes reflexionan críticamente sobre la necesidad de dejar atrás modelos punitivos, apostando por enfoques más comprensivos, en los que la reinserción social se convierte en núcleo del sistema. En síntesis, los autores coinciden en que para transformar realmente la justicia penal juvenil venezolana es indispensable mantener el respeto a los derechos humanos, fortalecer los programas de reeducación y profundizar la implementación de enfoques restaurativos.

 

Conclusiones

Las conclusiones sobre el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente venezolano señalan que, aunque se ha avanzado en el reconocimiento de principios fundamentales como la excepcionalidad, proporcionalidad y progresividad de las sanciones, persisten importantes desafíos en la implementación material del sistema y el cumplimiento pleno de sus fines educativos y restaurativos.  El sistema reconoce y regula una amplia gama de medidas sancionatorias que buscan, ante todo, la formación integral del adolescente y su adecuada reintegración familiar y social.

Estas medidas no pretenden suprimir la responsabilidad por los actos cometidos, sino orientar la respuesta estatal hacia programas pedagógicos y sociales, aplicando reglas de conducta, servicios a la comunidad, libertad asistida y, solo excepcionalmente, privación de libertad. El objetivo primordial es educar y transformar al adolescente transgresor, concientizándolo sobre sus conductas y realizándole un acompañamiento que involucre al Estado, la familia y la comunidad.

Por lo que, la investigación evidencia que la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad sigue siendo un principio irrenunciable, aunque en la práctica existen debilidades notables en cuanto a la articulación y cooperación entre estos actores. La falta de protección integral, oportunidades de reinserción, y deficiencias en los medios de apoyo institucional han afectado la eficacia de las medidas. Ello provoca un incremento en la reincidencia y limita el desarrollo personal y social del adolescente, lo cual subraya la necesidad de reforzar los mecanismos de garantía y acompañamiento.

A su vez, el sistema jurídico prevé garantías fundamentales como el debido proceso, la defensa y la dignidad, pero estos derechos frecuentemente enfrentan obstáculos por la carencia de recursos, personal especializado y mecanismos sostenidos de control y supervisión. A pesar de los esfuerzos legislativos, la aplicación real de sanciones y programas socioeducativos es amplia y desigual, lo que deja a muchos adolescentes vulnerables ante la falta de seguimiento y rehabilitación efectiva.

En comparación con otros sistemas latinoamericanos, como el colombiano, Venezuela comparte principios estructurales y objetivos de protección, pero tiende a mantener un modelo más retributivo, donde la pedagogía y la reparación social aún deben fortalecerse. La justicia restaurativa aparece como la alternativa más prometedora, generando mayor integración y disminuyendo la reincidencia, siempre que vaya acompañada de una reforma institucional y de políticas públicas inclusivas.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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