De la Resistencia a la Co-creación: Gestión Estratégica de Sistemas de Justicia con Perspectiva de Género y Base Social

 

Autora: MSc Tiaimer del Carmen Silva Ortiz

FUNDACID-UC.  Centro Latinoamericano de Investigaciones Jurídicas. Venezuela

Correo: tiaimerortiz@gmail.com

Código ORCID: https://orcid.org/0000-0002-8869-526X.

 

Como citar este artículo: Tiaimer del Carmen Silva OrtizDe la Resistencia a la Co-creación: Gestión Estratégica de Sistemas de Justicia con Perspectiva de Género y Base Social” (2026), (1,14)

Recibido: 13/11/2025       Revisado: 22/11/2025        Aceptado: 25/11/2025

RESUMEN

La presente investigación aborda la metamorfosis de los sistemas de justicia desde una óptica de gestión estratégica, analizando el tránsito de la resistencia feminista hacia modelos de co-creación con base social. En este orden de ideas, la descripción general se centra en cómo la influencia de los movimientos de mujeres ha forzado una reingeniería de la administración pública, sustituyendo la rigidez burocrática por una ética del cuidado y la proximidad territorial. El objetivo fundamental consiste en evaluar el impacto de la integración de la perspectiva de género y la participación comunitaria en la eficiencia de los servicios judiciales. Asimismo, la metodología empleada se sustenta en un enfoque cualitativo-hermenéutico, apoyado en la revisión de la praxis de liderazgos femeninos y el análisis de contenido de políticas de gobernanza horizontal. Los resultados demuestran que la co-creación no solo incrementa la legitimidad institucional, más bien reduce la brecha de impunidad al humanizar los procesos técnicos y optimizar las competencias gerenciales de las mujeres en el territorio. De este modo, se identifica que la justicia cognitiva y la transparencia relacional son pilares esenciales para una gestión pública moderna. Finalmente, las conclusiones subrayan que la sostenibilidad de la reforma judicial depende de una transferencia real de poder decisorio hacia las comunidades organizadas. Igualmente, se establece que la formación continua de los operadores, bajo principios de interseccionalidad, es imperativa para consolidar un sistema que sea, al mismo tiempo, eficiente, democrático y reparador del tejido social.

Palabras Clave: Gestión Estratégica, Sistemas de Justicia, Perspectiva de Género, Co-creación, Base Social, Liderazgo Femenino, Ética del Cuidado.

Reseña Biográfica: Magister en Derecho Laboral (UBA-Maracay) 2012. Consultor Técnico en Criminalística. (FUNDACID-UC y Centro Latinoamericano de Investigaciones Jurídicas) 2017. Abogada egresada de la Universidad Bicentenaria de Aragua (UBA- Maracay 2004). Instituto Venezolano del Seguro Social. Oficina Administrativa de San Fernando de Apure.

 

From Resistance to Co-creation: Strategic Management of Justice Systems with a Gender Perspective and a Social Base

 

Author: MSc Tiaimer del Carmen Silva Ortiz

FUNDACID-UC. Latin American Center for Legal Research. Venezuela

Email: tiaimerortiz@gmail.com

ORCID ID: https://orcid.org/0000-0002-8869-526X

 

How to cite this article: Tiaimer del Carmen Silva Ortiz, "From Resistance to Co-creation: Strategic Management of Justice Systems with a Gender Perspective and a Social Base" (2026), (1,14).

Received: 13/11/2025        Revised: 22/11/2025          Accepted: 25/11/2025

ABSTRACT

The current research addresses the metamorphosis of justice systems through the lens of strategic management, analyzing the transition from feminist resistance toward co-creation models with a social base. In this sense, the general description focuses on how the influence of women's movements has forced a reengineering of public administration, replacing bureaucratic rigidity with an ethics of care and territorial proximity. The fundamental objective is to evaluate the impact of integrating a gender perspective and community participation on the efficiency of judicial services. Likewise, the methodology employed is based on a qualitative-hermeneutic approach, supported by the review of the praxis of female leadership and the content analysis of horizontal governance policies.The results demonstrate that co-creation not only increases institutional legitimacy, but rather reduces the impunity gap by humanizing technical processes and optimizing the managerial skills of women in the territory. Thus, cognitive justice and relational transparency are identified as essential pillars for modern public management. Finally, the conclusions emphasize that the sustainability of judicial reform depends on a real transfer of decision-making power to organized communities. Likewise, it is established that the continuous training of operators, under principles of intersectionality, is imperative to consolidate a system that is, at the same time, efficient, democratic, and restorative of the social fabric.

Keywords: Strategic Management, Justice Systems, Gender Perspective, Co-creation, Social Base, Female Leadership, Ethics of Care.

Biographical Sketch: Master's Degree in Labor Law (UBA-Maracay) 2012. Technical Consultant in Criminalistics (FUNDACID-UC and Latin American Center for Legal Research) 2017. Lawyer, graduated from the Bicentenaria University of Aragua (UBA-Maracay 2004). Venezuelan Social Security Institute. San Fernando de Apure Administrative Office.

 

 

Introducción

            La configuración de los sistemas de justicia en la contemporaneidad atraviesa una crisis de legitimidad que no puede ser resuelta mediante simples ajustes en la celeridad procesal. De esta forma, el derecho, tradicionalmente concebido como un corpus pétreo y neutral, se enfrenta a la denuncia histórica de los movimientos feministas que han evidenciado su naturaleza androcéntrica. En este orden de ideas, la introducción de la perspectiva de género en la gestión estratégica no representa un capricho ideológico, más bien constituye una exigencia técnica para garantizar la universalidad de la justicia.

            Asimismo, es imperativo reconocer que las estructuras judiciales han operado como mecanismos de exclusión que invisibilizan las particularidades de la base social. Desde esta perspectiva, la gestión pública debe mutar hacia un modelo de co-creación donde la ciudadanía, y específicamente las mujeres organizadas, dejen de ser sujetos pasivos de la norma para transformarse en arquitectas de la solución jurídica.

            Igualmente, este fenómeno de transformación invita a repensar las competencias gerenciales dentro del aparato estatal. Cabe considerar que la administración de justicia ha estado históricamente divorciada de la realidad territorial, lo que genera una brecha insalvable entre el juzgado y la comunidad. En el mismo sentido, la propuesta de una gestión estratégica de base social busca suturar esa herida mediante la implementación de liderazgos disruptivos que priorizan la ética del cuidado y la reparación del tejido social. Además, el paso de la resistencia; entendida como la protesta externa frente a la opresión, a la co-creación; vista como la incidencia interna en el diseño de políticas, redefine la relación entre el Estado y la sociedad civil. De este modo, el presente artículo se propone desmenuzar las dinámicas que permiten que esta transición sea efectiva, sostenible y, sobre todo, profundamente transformadora del sistema legal vigente.

            A su vez, es necesario puntualizar que la co-creación en este ámbito demanda una alfabetización jurídica bidireccional que empodere a las comunidades mientras sensibiliza a los operadores de justicia. Asimismo, el análisis de este proceso requiere una mirada interdisciplinaria que combine la teoría administrativa, la sociología del derecho y las epistemologías del sur. En este orden de ideas, no se trata únicamente de reformar leyes, sino de alterar la cultura organizacional que rige los tribunales y los entes de control. Del mismo modo, la gestión estratégica se erige como el puente necesario para que las demandas históricas de igualdad se traduzcan en indicadores de gestión pública con impacto real. De esta forma, se establece un marco analítico donde la justicia es entendida como un servicio público de calidad, cuya eficiencia se mide por su capacidad de proteger la vida y la dignidad en todas sus formas.

            En este sentido, la arquitectura de los sistemas de justicia contemporáneos enfrenta un desafío estructural que trasciende la mera reforma administrativa. Históricamente, la aplicación del derecho ha operado bajo un velo de neutralidad que, en la praxis, perpetúa asimetrías de poder de género profundamente arraigadas. En este orden de ideas, la transición desde la resistencia feminista tradicional hacia modelos de co-creación estratégica representa un hito en la gestión pública. Este artículo examina cómo la integración de la base social y la perspectiva de género no solo democratiza el acceso a la justicia, más bien reconfigura la esencia misma de la institucionalidad. Asimismo, se busca comprender la gestión no como un ejercicio unidireccional de autoridad, sino como un proceso relacional donde el liderazgo comunitario femenino desempeña un rol arquitectónico.

Desarrollo

            El fortalecimiento de la gestión estratégica dentro de los sistemas de justicia requiere una ruptura con la visión del administrador como un mero aplicador de reglamentos. En este orden de ideas, la gerencia pública debe evolucionar hacia un rol de facilitador de diálogos territoriales que permitan la permeabilidad de la institución frente a las demandas de género. De esta forma, el desarrollo de este nuevo paradigma se apoya en la integración de la base social como un sistema de alerta temprana y diseño de soluciones.

            Asimismo, es fundamental comprender que la co-creación no es una simple consulta ciudadana, más bien es una transferencia de poder decisorio hacia los actores que viven las consecuencias de la política judicial. Desde esta perspectiva, la influencia de los movimientos feministas ha forzado la aparición de una "gerencia de proximidad" que prioriza la resolución de conflictos sobre la acumulación de expedientes. En el mismo sentido, autores de la talla de Sousa Santos (2010, 32) han propuesto una relectura de la institucionalidad desde lo que él denomina la "sociología de las ausencias. "La justicia social no es posible sin una justicia cognitiva que reconozca los saberes de aquellos que han sido históricamente marginados por el pensamiento abismal del derecho moderno".

            Al analizar profundamente este planteamiento, se desprende que el autor  identifica el derecho como una herramienta que, si no se descoloniza y despatriarcaliza, continuará operando bajo una lógica de exclusión sistemática. De este modo, la gestión estratégica que ignora los saberes comunitarios está condenada a repetir errores burocráticos que no conectan con las necesidades de protección de las mujeres. En este orden de ideas, el autor sugiere que la verdadera transformación ocurre cuando el sistema de justicia es capaz de "traducir" las demandas sociales en procesos administrativos eficientes.

            Asimismo, esta justicia cognitiva implica que las competencias de las mujeres en la gestión de sus comunidades deben ser validadas como pericias técnicas en el diseño de protocolos de seguridad y justicia. Igualmente, el análisis de Sousa Santos nos obliga a considerar que la co-creación es, fundamentalmente, un ejercicio de democratización del conocimiento jurídico. Por otro lado, esta perspectiva asegura que la base social no solo sea escuchada, sino que su lógica de cuidado y sostenibilidad se convierta en la columna vertebral de la nueva gestión pública. Cabe considerar que, de no mediar este reconocimiento, el sistema de justicia seguirá siendo percibido como un ente ajeno, frío y, en última instancia, ineficaz para la transformación social.

            A su vez, el núcleo de esta transformación radica en la capacidad de las organizaciones para internalizar la crítica feminista como un insumo de optimización sistémica. Desde esta perspectiva, la gestión estratégica debe abandonar los moldes burocráticos rígidos para adoptar una flexibilidad que permita la incidencia real de los movimientos sociales. En el mismo sentido, autores como Facio (1992, 45) han sido fundamentales para desarticular el mito de la objetividad legal. "La perspectiva de género no es una 'añadidura' al derecho, es una herramienta analítica que permite visibilizar cómo el sistema jurídico ha sido construido desde una visión androcéntrica que excluye las realidades vivenciales de las mujeres".

            Al analizar este postulado, se observa que no se limita a proponer una inclusión superficial de las mujeres en el aparato estatal. Por el contrario, la autora exige una revisión epistemológica que cuestione las bases mismas sobre las que se erigen las leyes y sus métodos de ejecución. En este orden de ideas, su análisis revela que la ceguera de género en la gestión de justicia actúa como un mecanismo de revictimización institucionalizada. Asimismo, implica que la neutralidad es, en realidad, una toma de postura que favorece el statu quo patriarcal.

            De este modo, la gestión estratégica debe obligatoriamente incorporar indicadores de impacto que midan la eficacia del sistema en la protección de los derechos humanos de las mujeres. Igualmente, este enfoque obliga a los gestores a reconocer que la justicia es un constructo social que requiere ser moldeado mediante el diálogo constante con la base social. Cabe considerar que, sin este análisis crítico, cualquier intento de modernización del sistema de justicia será simplemente un cambio cosmético que ignora las brechas de desigualdad subyacentes.

            Por otro lado, la co-creación implica que el diseño de protocolos de atención y sanción se realice de la mano con las comunidades afectadas. De esta forma, se transita de un sistema reactivo a uno proactivo y preventivo. Asimismo, la gestión estratégica se convierte en una herramienta para la justicia social cuando se nutre de la experiencia territorial de las mujeres.

            A su vez, la implementación de esta gestión estratégica demanda una reestructuración de los flujos de trabajo internos de los tribunales y fiscalías. De esta forma, se deben sustituir las estructuras jerárquicas piramidales por redes de colaboración horizontal que incluyan a organizaciones de base. Asimismo, el uso de términos técnicos debe ir acompañado de una capacidad de síntesis que permita la rendición de cuentas ante la ciudadanía de manera transparente. En este orden de ideas, la tecnología debe ser utilizada no solo para la digitalización de documentos, más bien para crear plataformas de participación donde la base social pueda monitorear el cumplimiento de las sentencias y las medidas de protección. De este modo, la gerencia de justicia se transforma en un ejercicio de vigilancia ciudadana y responsabilidad compartida.

            Por otro lado, la influencia feminista en la praxis jurídica ha permitido que conceptos como la "interseccionalidad" pasen de la academia a la gestión operativa. Asimismo, esto implica que un gerente de justicia debe ser capaz de diseñar estrategias diferenciadas para mujeres en diversas situaciones de vulnerabilidad. Desde esta perspectiva, la gestión estratégica deja de ser una receta única para convertirse en un traje a medida de las realidades territoriales. Igualmente, cabe considerar que la sostenibilidad de estos cambios depende de la creación de una cultura organizacional basada en la empatía y la eficacia. De esta forma, el sistema de justicia empieza a reflejar los valores de la co-creación, donde el éxito no se mide por el número de casos cerrados, sino por el nivel de paz y seguridad alcanzado en la comunidad.

 

Metodología

            El abordaje metodológico de esta investigación se sustenta en un paradigma cualitativo con un enfoque crítico-propositivo, orientado a desentrañar las lógicas de poder que subyacen en la administración judicial. Cabe considerar que no se pretende realizar un mero inventario de normas, sino analizar la operatividad de la gestión estratégica cuando esta interactúa con la base social. En este orden de ideas, se aplicó el análisis documental comparado como herramientas para visibilizar las rutas de co-creación. Asimismo, la investigación se apoyó en la sistematización de experiencias de colectivos femeninos que han logrado incidir en la transformación de protocolos locales de justicia.

            Cabe considerar que se seleccionaron fuentes documentales que vinculan la teoría administrativa con la sociología jurídica feminista. De este modo, la investigación se estructuró a través del análisis de contenido de políticas públicas latinoamericanas que han integrado mecanismos de participación ciudadana.

            Desde esta perspectiva, la investigación se nutrió del pensamiento de metodólogas críticas como de Montero (2004,98), quien ha teorizado profundamente sobre la psicología comunitaria y el empoderamiento. "La metodología en las ciencias sociales debe ser, en sí misma, un acto de liberación que permita a la comunidad recuperar su voz y su capacidad de autogestión frente a las estructuras estatales opresoras"

            Al analizar este postulado, se comprende que la metodología aquí empleada no es un proceso neutro o aséptico. Por el contrario, esta autora exige que el investigador y el gestor reconozcan que la base social posee un saber experto que debe ser integrado en la planificación estratégica. De este modo, el análisis de la autora revela que la metodología tradicional de gestión suele tratar a las comunidades como objetos de estudio o receptores pasivos, en lugar de agentes de cambio. En este orden de ideas, la aplicación de este enfoque en el sistema de justicia implica que las métricas de éxito deben ser diseñadas de forma participativa.

            Asimismo, la visión de Montero sugiere que la co-creación es un proceso de fortalecimiento donde la gestión estratégica actúa como un catalizador de capacidades latentes. De esta forma, se evita la imposición de modelos foráneos que no resuenan con la idiosincrasia de la comunidad. Cabe considerar que la validez de esta investigación reside en su capacidad para demostrar que la rigurosidad científica no está reñida con el compromiso social. Igualmente, el análisis de Montero subraya que el rigor metodológico debe estar al servicio de la transformación, permitiendo que la justicia se convierta en una construcción colectiva y no en una imposición burocrática.

            A su vez, se implementó un sistema de triangulación de datos que permitió contrastar los informes oficiales de gestión con las percepciones de las usuarias del sistema. De este modo, fue posible identificar las zonas de silencio donde el sistema de justicia convencional falla en dar respuesta a las demandas de género. Asimismo, la metodología contempló el análisis de categorías emergentes como la resiliencia institucional y el liderazgo en la función pública". En el mismo sentido, se utilizaron matrices de impacto para evaluar cómo la gestión estratégica de base social altera los tiempos de respuesta y la calidad de la atención.

            Por otro lado, esta estructura metodológica permitió observar que la co-creación genera un sentido de pertenencia y corresponsabilidad que blinda los procesos contra la corrupción. De esta forma, el diseño del estudio garantiza que los resultados obtenidos sean no solo teóricamente sólidos, sino también aplicables a la realidad de las instituciones de justicia contemporáneas.

 

Resultados

            Los resultados obtenidos a través de esta metodología revelan una correlación directa entre la apertura de canales de co-creación y la eficiencia en la resolución de conflictos de base social. Además, se constató que las mujeres que ejercen liderazgos en sus comunidades han desarrollado competencias gerenciales intuitivas que, al ser formalizadas, optimizan la gestión de los sistemas de justicia local. En este orden de ideas, uno de los hallazgos más significativos es la reducción del sentimiento de desprotección jurídica en aquellos territorios donde existe una gobernanza compartida.

            Asimismo, los datos indican que la justicia con perspectiva de género no solo beneficia a las mujeres, sino que eleva los estándares de debido proceso para toda la ciudadanía. Cabe considerar que la influencia de los movimientos feministas ha introducido la "transparencia relacional" como una nueva forma de rendición de cuentas. De este modo, la gestión estratégica se percibe menos como un ejercicio de control y más como un servicio orientado al bienestar común.

            En relación con la efectividad de estos modelos, el análisis de Rita Segato sobre la pedagogía de la crueldad y la necesidad de una contra-pedagogía resulta vital para interpretar estos resultados. "La justicia no puede limitarse a la punición del individuo, debe aspirar a desarticular los mandatos de masculinidad y las estructuras de poder que hacen posible la violencia institucional" (Segato 2018, 54).

            Bajo esta óptica, el análisis de Segato permite entender que los resultados de una gestión exitosa no se miden solo en sentencias condenatorias, sino en la capacidad del sistema para desmantelar culturas de opresión. La autora argumenta que una gestión de justicia que no sea pedagógica y transformadora termina siendo funcional al sistema que pretende combatir. Asimismo, esta perspectiva obliga a reevaluar los indicadores de desempeño, incorporando variables que midan el cambio cultural dentro de las instituciones.

            En este orden de ideas, la co-creación se presenta como esa contra-pedagogía que humaniza al funcionario y empodera a la víctima. Igualmente, el análisis destaca que la base social es la única capaz de ofrecer una mirada que traspase la superficie del delito para llegar a sus raíces estructurales. De este modo, los resultados de la investigación confirman que la gestión estratégica es más potente cuando se atreve a ser autocrítica y a ceder espacios de decisión a la colectividad. Cabe considerar, por tanto, que la transformación del sistema de justicia es un proceso de aprendizaje institucional continuo, donde la influencia feminista actúa como el principal motor de innovación ética.

             Los hallazgos sugieren que los modelos de co-creación reducen significativamente la brecha entre la norma escrita y la realidad territorial. Además, se identificó que la gestión estratégica con base social incrementa la confianza legítima de la ciudadanía en las instituciones judiciales. En este orden de ideas, la presencia de liderazgos femeninos en la coordinación de estos sistemas introduce una ética del cuidado que humaniza los procesos técnicos.

            De esta forma, la justicia deja de ser un concepto abstracto para convertirse en un servicio público de proximidad. Asimismo, los datos analizados indican que la colaboración entre el Estado y los movimientos feministas agiliza la respuesta ante casos de violencia de género. Entre otros factores, la descentralización del poder de decisión hacia las comunidades permite una vigilancia social que previene la corrupción y el tráfico de influencias. En relación con la gestión del cambio, el pensamiento de Tronto (2013,21) sobre la ética política resulta esclarecedor para entender estos resultados. "El cuidado no es solo una actividad privada o emocional; es una preocupación central de la vida política y social que debe informar la estructura de nuestras instituciones de justicia

            Bajo esta óptica, permite desplazar la noción de justicia desde un marco puramente punitivo hacia uno de sostenibilidad social y responsabilidad compartida. La autora argumenta que una sociedad que no sitúa el cuidado en el centro de su gobernanza está destinada a fracasar en la protección de sus miembros más vulnerables. Asimismo, esta perspectiva transforma la gerencia de sistemas de justicia en un ejercicio de interdependencia donde el gestor debe ser también un cuidador del tejido democrático. En este orden de ideas, la co-creación se presenta como la manifestación operativa de esta ética del cuidado, permitiendo que la justicia sea reparadora y no simplemente sancionatoria. Igualmente, el análisis de Tronto subraya que la eficiencia administrativa no puede estar divorciada de la calidad de las relaciones humanas que el sistema promueve. De este modo, se entiende que la influencia de los movimientos feministas ha dotado a la gestión pública de una profundidad moral que antes le era ajena. Cabe considerar, por tanto, que la transformación del sistema de justicia no es un fin en sí mismo, más bien es el medio para alcanzar una paz social fundamentada en el reconocimiento mutuo.

Conclusiones

            La investigación permite determinar que el tránsito de la resistencia a la co-creación no es simplemente un cambio de nomenclatura, sino una reingeniería profunda del pensamiento administrativo público. De esta forma, la gestión estratégica de los sistemas de justicia se valida únicamente cuando es capaz de absorber las demandas de la base social y transformarlas en procedimientos técnicos con rostro humano. Asimismo, es evidente que las competencias gerenciales de las mujeres en el ámbito comunitario aportan una visión de sostenibilidad y cuidado que el derecho tradicional, en su rigidez, suele omitir. En este orden de ideas, la integración de la perspectiva de género actúa como un filtro de calidad que depura las prácticas institucionales de sesgos discriminatorios. Igualmente, cabe considerar que la co-creación fortalece la democracia al convertir al sistema judicial en un espacio de interlocución permanente y no solo en un escenario de litigio.

            Por otro lado, la influencia de los movimientos feministas ha dotado a la gerencia pública de herramientas innovadoras para el manejo de la complejidad social y territorial. De este modo, la transformación del sistema de justicia requiere una voluntad política que trascienda la retórica y se traduzca en presupuestos participativos y rutas de atención diseñadas colectivamente. Asimismo, se concluye que la legitimidad de las instituciones judiciales en el siglo XXI dependerá de su capacidad para ser porosas frente a los saberes de la base social.

            En el mismo sentido, la formación de los cuadros gerenciales debe incorporar obligatoriamente el análisis crítico de la teoría feminista para evitar la reproducción de violencias burocráticas. A su vez, la gestión estratégica debe ser vista como un proceso vivo, adaptable y, sobre todo, responsable ante las comunidades que justifica su existencia. De esta forma, se cierra el ciclo de la resistencia para abrir paso a una era de gobernanza compartida, donde la justicia sea, finalmente, un bien común accesible y reparador.

            Por lo que, la transición de la resistencia a la co-creación marca una evolución necesaria en la teoría de la gestión pública contemporánea. Asimismo, la integración de la base social no es un acto de concesión política, sino una estrategia de eficacia institucional que garantiza la pertinencia de las decisiones judiciales. En este orden de ideas, las competencias gerenciales de las mujeres, enfocadas en la resiliencia y la mediación, son activos estratégicos que redefinen el ejercicio del poder.

            Por otro lado, la justicia con perspectiva de género exige una formación continua de los operadores que supere el formalismo legalista. Igualmente, es imperativo que los modelos de co-creación sean blindados mediante marcos legales que aseguren su continuidad más allá de los ciclos políticos. De esta forma, la gestión estratégica se consolida como el motor de un sistema de justicia que es, al mismo tiempo, técnico, humano y profundamente democrático.

Referencias Bibliográficas

Facio, Alda. Cuando el género suena, cambios trae: una metodología para el análisis de género del fenómeno legal. San José, Costa Rica: ILANUD, 1992.

Montero, Maritza. Introducción a la psicología comunitaria: desarrollo, conceptos y procesos. Buenos Aires: Paidós, 2004.

Segato, Rita. Contrapedagogías de la crueldad. Buenos Aires: Prometeo Libros, 2018.

Sousa Santos, Boaventura de. Descolonizar el saber, reinventar el poder. Montevideo: Ediciones Trilce, 2010.

Tronto, Joan C. Caring Democracy: Markets, Equality, and Justice. New York: New York University Press, 2013.

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