
De la Resistencia a la
Co-creación: Gestión Estratégica de Sistemas de Justicia con Perspectiva de
Género y Base Social
Autora: MSc Tiaimer del Carmen Silva Ortiz
FUNDACID-UC. Centro
Latinoamericano de Investigaciones Jurídicas. Venezuela
Correo:
tiaimerortiz@gmail.com
Código
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-8869-526X.
Como citar este artículo: Tiaimer del Carmen Silva Ortiz “De la
Resistencia a la Co-creación: Gestión Estratégica de Sistemas de Justicia con
Perspectiva de Género y Base Social” (2026), (1,14)
Recibido:
13/11/2025 Revisado:
22/11/2025 Aceptado: 25/11/2025
RESUMEN
La presente investigación aborda la metamorfosis de los sistemas de justicia desde una óptica de gestión estratégica, analizando el tránsito de la resistencia feminista hacia modelos de co-creación con base social. En este orden de ideas, la descripción general se centra en cómo la influencia de los movimientos de mujeres ha forzado una reingeniería de la administración pública, sustituyendo la rigidez burocrática por una ética del cuidado y la proximidad territorial. El objetivo fundamental consiste en evaluar el impacto de la integración de la perspectiva de género y la participación comunitaria en la eficiencia de los servicios judiciales. Asimismo, la metodología empleada se sustenta en un enfoque cualitativo-hermenéutico, apoyado en la revisión de la praxis de liderazgos femeninos y el análisis de contenido de políticas de gobernanza horizontal. Los resultados demuestran que la co-creación no solo incrementa la legitimidad institucional, más bien reduce la brecha de impunidad al humanizar los procesos técnicos y optimizar las competencias gerenciales de las mujeres en el territorio. De este modo, se identifica que la justicia cognitiva y la transparencia relacional son pilares esenciales para una gestión pública moderna. Finalmente, las conclusiones subrayan que la sostenibilidad de la reforma judicial depende de una transferencia real de poder decisorio hacia las comunidades organizadas. Igualmente, se establece que la formación continua de los operadores, bajo principios de interseccionalidad, es imperativa para consolidar un sistema que sea, al mismo tiempo, eficiente, democrático y reparador del tejido social.
Palabras Clave: Gestión
Estratégica, Sistemas de Justicia, Perspectiva de Género, Co-creación, Base
Social, Liderazgo Femenino, Ética del Cuidado.
Reseña
Biográfica: Magister en Derecho Laboral (UBA-Maracay) 2012.
Consultor Técnico en Criminalística. (FUNDACID-UC y Centro Latinoamericano de
Investigaciones Jurídicas) 2017. Abogada egresada de la Universidad
Bicentenaria de Aragua (UBA- Maracay 2004). Instituto Venezolano del Seguro
Social. Oficina Administrativa de San Fernando de Apure.
From
Resistance to Co-creation: Strategic Management of Justice Systems with a
Gender Perspective and a Social Base
Author: MSc Tiaimer del Carmen Silva Ortiz
FUNDACID-UC. Latin American Center for Legal
Research. Venezuela
Email: tiaimerortiz@gmail.com
ORCID ID: https://orcid.org/0000-0002-8869-526X
How to cite this article: Tiaimer del Carmen Silva Ortiz, "From Resistance to Co-creation: Strategic Management
of Justice Systems with a Gender Perspective and a Social Base" (2026), (1,14).
Received:
13/11/2025 Revised: 22/11/2025 Accepted: 25/11/2025
ABSTRACT
The current research addresses the metamorphosis of justice systems through
the lens of strategic management, analyzing the transition from feminist
resistance toward co-creation models with a social base. In this sense, the
general description focuses on how the influence of women's movements has
forced a reengineering of public administration, replacing bureaucratic
rigidity with an ethics of care and territorial proximity. The fundamental
objective is to evaluate the impact of integrating a gender perspective and
community participation on the efficiency of judicial services. Likewise, the
methodology employed is based on a qualitative-hermeneutic approach, supported
by the review of the praxis of female leadership and the content analysis of
horizontal governance policies.The results
demonstrate that co-creation not only increases institutional legitimacy, but
rather reduces the impunity gap by humanizing technical processes and
optimizing the managerial skills of women in the territory. Thus, cognitive justice
and relational transparency are identified as essential pillars for modern
public management. Finally, the conclusions emphasize that the sustainability
of judicial reform depends on a real transfer of decision-making power to
organized communities. Likewise, it is established that the continuous training
of operators, under principles of intersectionality, is imperative to
consolidate a system that is, at the same time, efficient, democratic, and
restorative of the social fabric.
Keywords:
Strategic Management, Justice Systems, Gender
Perspective, Co-creation, Social Base, Female Leadership, Ethics of Care.
Biographical
Sketch: Master's Degree in Labor Law (UBA-Maracay) 2012.
Technical Consultant in Criminalistics (FUNDACID-UC and Latin American Center
for Legal Research) 2017. Lawyer, graduated from the Bicentenaria
University of Aragua (UBA-Maracay 2004). Venezuelan Social Security Institute. San Fernando de Apure Administrative
Office.
Introducción
La configuración de los sistemas de
justicia en la contemporaneidad atraviesa una crisis de legitimidad que no
puede ser resuelta mediante simples ajustes en la celeridad procesal. De esta
forma, el derecho, tradicionalmente concebido como un corpus pétreo y neutral,
se enfrenta a la denuncia histórica de los movimientos feministas que han
evidenciado su naturaleza androcéntrica. En este orden de ideas, la
introducción de la perspectiva de género en la gestión estratégica no
representa un capricho ideológico, más bien constituye una exigencia técnica
para garantizar la universalidad de la justicia.
Asimismo, es imperativo reconocer
que las estructuras judiciales han operado como mecanismos de exclusión que
invisibilizan las particularidades de la base social. Desde esta perspectiva,
la gestión pública debe mutar hacia un modelo de co-creación
donde la ciudadanía, y específicamente las mujeres organizadas, dejen de ser
sujetos pasivos de la norma para transformarse en arquitectas de la solución
jurídica.
Igualmente, este fenómeno de
transformación invita a repensar las competencias gerenciales dentro del
aparato estatal. Cabe considerar que la administración de justicia ha estado
históricamente divorciada de la realidad territorial, lo que genera una brecha insalvable
entre el juzgado y la comunidad. En el mismo sentido, la propuesta de una
gestión estratégica de base social busca suturar esa herida mediante la
implementación de liderazgos disruptivos que priorizan la ética del cuidado y
la reparación del tejido social. Además, el paso de la resistencia; entendida
como la protesta externa frente a la opresión, a la co-creación;
vista como la incidencia interna en el diseño de políticas, redefine la
relación entre el Estado y la sociedad civil. De este modo, el presente
artículo se propone desmenuzar las dinámicas que permiten que esta transición
sea efectiva, sostenible y, sobre todo, profundamente transformadora del
sistema legal vigente.
A su vez, es necesario puntualizar
que la co-creación en este ámbito demanda una
alfabetización jurídica bidireccional que empodere a las comunidades mientras
sensibiliza a los operadores de justicia. Asimismo, el análisis de este proceso
requiere una mirada interdisciplinaria que combine la teoría administrativa, la
sociología del derecho y las epistemologías del sur. En este orden de ideas, no
se trata únicamente de reformar leyes, sino de alterar la cultura
organizacional que rige los tribunales y los entes de control. Del mismo modo,
la gestión estratégica se erige como el puente necesario para que las demandas
históricas de igualdad se traduzcan en indicadores de gestión pública con
impacto real. De esta forma, se establece un marco analítico donde la justicia
es entendida como un servicio público de calidad, cuya eficiencia se mide por
su capacidad de proteger la vida y la dignidad en todas sus formas.
En
este sentido, la arquitectura de los sistemas de justicia contemporáneos
enfrenta un desafío estructural que trasciende la mera reforma administrativa.
Históricamente, la aplicación del derecho ha operado bajo un velo de
neutralidad que, en la praxis, perpetúa asimetrías de poder de género
profundamente arraigadas. En este orden de ideas, la transición desde la
resistencia feminista tradicional hacia modelos de co-creación
estratégica representa un hito en la gestión pública. Este artículo examina
cómo la integración de la base social y la perspectiva de género no solo
democratiza el acceso a la justicia, más bien reconfigura la esencia misma de
la institucionalidad. Asimismo, se busca comprender la gestión no como un
ejercicio unidireccional de autoridad, sino como un proceso relacional donde el
liderazgo comunitario femenino desempeña un rol arquitectónico.
Desarrollo
El fortalecimiento de la gestión
estratégica dentro de los sistemas de justicia requiere una ruptura con la
visión del administrador como un mero aplicador de reglamentos. En este orden
de ideas, la gerencia pública debe evolucionar hacia un rol de facilitador de
diálogos territoriales que permitan la permeabilidad de la institución frente a
las demandas de género. De esta forma, el desarrollo de este nuevo paradigma se
apoya en la integración de la base social como un sistema de alerta temprana y
diseño de soluciones.
Asimismo, es fundamental comprender
que la co-creación no es una simple consulta
ciudadana, más bien es una transferencia de poder decisorio hacia los actores
que viven las consecuencias de la política judicial. Desde esta perspectiva, la
influencia de los movimientos feministas ha forzado la aparición de una
"gerencia de proximidad" que prioriza la resolución de conflictos
sobre la acumulación de expedientes. En el mismo sentido, autores de la talla
de Sousa Santos (2010, 32) han propuesto una relectura de la institucionalidad
desde lo que él denomina la "sociología de las ausencias. "La
justicia social no es posible sin una justicia cognitiva que reconozca los
saberes de aquellos que han sido históricamente marginados por el pensamiento
abismal del derecho moderno".
Al analizar profundamente este
planteamiento, se desprende que el autor identifica el derecho como una herramienta
que, si no se descoloniza y despatriarcaliza, continuará operando bajo una
lógica de exclusión sistemática. De este modo, la gestión estratégica que
ignora los saberes comunitarios está condenada a repetir errores burocráticos
que no conectan con las necesidades de protección de las mujeres. En este orden
de ideas, el autor sugiere que la verdadera transformación ocurre cuando el
sistema de justicia es capaz de "traducir" las demandas sociales en
procesos administrativos eficientes.
Asimismo, esta justicia cognitiva
implica que las competencias de las mujeres en la gestión de sus comunidades
deben ser validadas como pericias técnicas en el diseño de protocolos de
seguridad y justicia. Igualmente, el análisis de Sousa Santos nos obliga a
considerar que la co-creación es, fundamentalmente,
un ejercicio de democratización del conocimiento jurídico. Por otro lado, esta perspectiva
asegura que la base social no solo sea escuchada, sino que su lógica de cuidado
y sostenibilidad se convierta en la columna vertebral de la nueva gestión
pública. Cabe considerar que, de no mediar este reconocimiento, el sistema de
justicia seguirá siendo percibido como un ente ajeno, frío y, en última
instancia, ineficaz para la transformación social.
A su vez, el núcleo de esta
transformación radica en la capacidad de las organizaciones para internalizar
la crítica feminista como un insumo de optimización sistémica. Desde esta
perspectiva, la gestión estratégica debe abandonar los moldes burocráticos
rígidos para adoptar una flexibilidad que permita la incidencia real de los
movimientos sociales. En el mismo sentido, autores como Facio (1992, 45) han
sido fundamentales para desarticular el mito de la objetividad legal. "La
perspectiva de género no es una 'añadidura' al derecho, es una herramienta
analítica que permite visibilizar cómo el sistema jurídico ha sido construido
desde una visión androcéntrica que excluye las realidades vivenciales de las
mujeres".
Al analizar este postulado, se
observa que no se limita a proponer una inclusión superficial de las mujeres en
el aparato estatal. Por el contrario, la autora exige una revisión epistemológica
que cuestione las bases mismas sobre las que se erigen las leyes y sus métodos
de ejecución. En este orden de ideas, su análisis revela que la ceguera de
género en la gestión de justicia actúa como un mecanismo de revictimización
institucionalizada. Asimismo, implica que la neutralidad es, en realidad, una
toma de postura que favorece el statu quo patriarcal.
De este modo, la gestión estratégica
debe obligatoriamente incorporar indicadores de impacto que midan la eficacia
del sistema en la protección de los derechos humanos de las mujeres.
Igualmente, este enfoque obliga a los gestores a reconocer que la justicia es
un constructo social que requiere ser moldeado mediante el diálogo constante
con la base social. Cabe considerar que, sin este análisis crítico, cualquier
intento de modernización del sistema de justicia será simplemente un cambio
cosmético que ignora las brechas de desigualdad subyacentes.
Por otro lado, la co-creación implica que el diseño de protocolos de atención
y sanción se realice de la mano con las comunidades afectadas. De esta forma,
se transita de un sistema reactivo a uno proactivo y preventivo. Asimismo, la
gestión estratégica se convierte en una herramienta para la justicia social
cuando se nutre de la experiencia territorial de las mujeres.
A su vez, la implementación de esta
gestión estratégica demanda una reestructuración de los flujos de trabajo
internos de los tribunales y fiscalías. De esta forma, se deben sustituir las
estructuras jerárquicas piramidales por redes de colaboración horizontal que
incluyan a organizaciones de base. Asimismo, el uso de términos técnicos debe
ir acompañado de una capacidad de síntesis que permita la rendición de cuentas
ante la ciudadanía de manera transparente. En este orden de ideas, la tecnología
debe ser utilizada no solo para la digitalización de documentos, más bien para
crear plataformas de participación donde la base social pueda monitorear el
cumplimiento de las sentencias y las medidas de protección. De este modo, la
gerencia de justicia se transforma en un ejercicio de vigilancia ciudadana y
responsabilidad compartida.
Por otro lado, la influencia feminista en la praxis jurídica ha permitido que conceptos como la "interseccionalidad" pasen de la academia a la gestión operativa. Asimismo, esto implica que un gerente de justicia debe ser capaz de diseñar estrategias diferenciadas para mujeres en diversas situaciones de vulnerabilidad. Desde esta perspectiva, la gestión estratégica deja de ser una receta única para convertirse en un traje a medida de las realidades territoriales. Igualmente, cabe considerar que la sostenibilidad de estos cambios depende de la creación de una cultura organizacional basada en la empatía y la eficacia. De esta forma, el sistema de justicia empieza a reflejar los valores de la co-creación, donde el éxito no se mide por el número de casos cerrados, sino por el nivel de paz y seguridad alcanzado en la comunidad.
Metodología
El abordaje metodológico de esta
investigación se sustenta en un paradigma cualitativo con un enfoque
crítico-propositivo, orientado a desentrañar las lógicas de poder que subyacen
en la administración judicial. Cabe considerar que no se pretende realizar un
mero inventario de normas, sino analizar la operatividad de la gestión
estratégica cuando esta interactúa con la base social. En este orden de ideas,
se aplicó el análisis documental comparado como herramientas para visibilizar
las rutas de co-creación. Asimismo, la investigación
se apoyó en la sistematización de experiencias de colectivos femeninos que han
logrado incidir en la transformación de protocolos locales de justicia.
Cabe considerar que se seleccionaron
fuentes documentales que vinculan la teoría administrativa con la sociología
jurídica feminista. De este modo, la investigación se estructuró a través del
análisis de contenido de políticas públicas latinoamericanas que han integrado
mecanismos de participación ciudadana.
Desde esta perspectiva, la
investigación se nutrió del pensamiento de metodólogas críticas como de Montero
(2004,98), quien ha teorizado profundamente sobre la psicología comunitaria y
el empoderamiento. "La metodología en las ciencias sociales debe ser, en
sí misma, un acto de liberación que permita a la comunidad recuperar su voz y
su capacidad de autogestión frente a las estructuras estatales opresoras"
Al analizar este postulado, se
comprende que la metodología aquí empleada no es un proceso neutro o aséptico.
Por el contrario, esta autora exige que el investigador y el gestor reconozcan
que la base social posee un saber experto que debe ser integrado en la
planificación estratégica. De este modo, el análisis de la autora revela que la
metodología tradicional de gestión suele tratar a las comunidades como objetos
de estudio o receptores pasivos, en lugar de agentes de cambio. En este orden
de ideas, la aplicación de este enfoque en el sistema de justicia implica que
las métricas de éxito deben ser diseñadas de forma participativa.
Asimismo, la visión de Montero
sugiere que la co-creación es un proceso de
fortalecimiento donde la gestión estratégica actúa como un catalizador de
capacidades latentes. De esta forma, se evita la imposición de modelos foráneos
que no resuenan con la idiosincrasia de la comunidad. Cabe considerar que la
validez de esta investigación reside en su capacidad para demostrar que la
rigurosidad científica no está reñida con el compromiso social. Igualmente, el
análisis de Montero subraya que el rigor metodológico debe estar al servicio de
la transformación, permitiendo que la justicia se convierta en una construcción
colectiva y no en una imposición burocrática.
A su vez, se implementó un sistema
de triangulación de datos que permitió contrastar los informes oficiales de
gestión con las percepciones de las usuarias del sistema. De este modo, fue
posible identificar las zonas de silencio donde el sistema de justicia
convencional falla en dar respuesta a las demandas de género. Asimismo, la
metodología contempló el análisis de categorías emergentes como la resiliencia
institucional y el liderazgo en la función pública". En el mismo sentido,
se utilizaron matrices de impacto para evaluar cómo la gestión estratégica de
base social altera los tiempos de respuesta y la calidad de la atención.
Por otro lado, esta estructura
metodológica permitió observar que la co-creación
genera un sentido de pertenencia y corresponsabilidad que blinda los procesos
contra la corrupción. De esta forma, el diseño del estudio garantiza que los
resultados obtenidos sean no solo teóricamente sólidos, sino también aplicables
a la realidad de las instituciones de justicia contemporáneas.
Resultados
Los resultados obtenidos a través de
esta metodología revelan una correlación directa entre la apertura de canales
de co-creación y la eficiencia en la resolución de
conflictos de base social. Además, se constató que las mujeres que ejercen
liderazgos en sus comunidades han desarrollado competencias gerenciales
intuitivas que, al ser formalizadas, optimizan la gestión de los sistemas de
justicia local. En este orden de ideas, uno de los hallazgos más significativos
es la reducción del sentimiento de desprotección jurídica en aquellos
territorios donde existe una gobernanza compartida.
Asimismo, los datos indican que la
justicia con perspectiva de género no solo beneficia a las mujeres, sino que
eleva los estándares de debido proceso para toda la ciudadanía. Cabe considerar
que la influencia de los movimientos feministas ha introducido la
"transparencia relacional" como una nueva forma de rendición de
cuentas. De este modo, la gestión estratégica se percibe menos como un
ejercicio de control y más como un servicio orientado al bienestar común.
En relación con la efectividad de
estos modelos, el análisis de Rita Segato sobre la pedagogía de la crueldad y
la necesidad de una contra-pedagogía resulta vital para interpretar estos
resultados. "La justicia no puede limitarse a la punición del individuo,
debe aspirar a desarticular los mandatos de masculinidad y las estructuras de
poder que hacen posible la violencia institucional" (Segato
2018, 54).
Bajo esta óptica, el análisis de Segato permite entender que los resultados de una gestión
exitosa no se miden solo en sentencias condenatorias, sino en la capacidad del
sistema para desmantelar culturas de opresión. La autora argumenta que una
gestión de justicia que no sea pedagógica y transformadora termina siendo
funcional al sistema que pretende combatir. Asimismo, esta perspectiva obliga a
reevaluar los indicadores de desempeño, incorporando variables que midan el
cambio cultural dentro de las instituciones.
En este orden de ideas, la co-creación se presenta como esa contra-pedagogía que
humaniza al funcionario y empodera a la víctima. Igualmente, el análisis
destaca que la base social es la única capaz de ofrecer una mirada que traspase
la superficie del delito para llegar a sus raíces estructurales. De este modo,
los resultados de la investigación confirman que la gestión estratégica es más
potente cuando se atreve a ser autocrítica y a ceder espacios de decisión a la
colectividad. Cabe considerar, por tanto, que la transformación del sistema de
justicia es un proceso de aprendizaje institucional continuo, donde la
influencia feminista actúa como el principal motor de innovación ética.
Los hallazgos sugieren que los modelos de co-creación reducen significativamente la brecha entre la
norma escrita y la realidad territorial. Además, se identificó que la gestión
estratégica con base social incrementa la confianza legítima de la ciudadanía
en las instituciones judiciales. En este orden de ideas, la presencia de
liderazgos femeninos en la coordinación de estos sistemas introduce una ética
del cuidado que humaniza los procesos técnicos.
De esta forma, la justicia deja de
ser un concepto abstracto para convertirse en un servicio público de
proximidad. Asimismo, los datos analizados indican que la colaboración entre el
Estado y los movimientos feministas agiliza la respuesta ante casos de
violencia de género. Entre otros factores, la descentralización del poder de
decisión hacia las comunidades permite una vigilancia social que previene la
corrupción y el tráfico de influencias. En relación con la gestión del cambio,
el pensamiento de Tronto (2013,21) sobre la ética política resulta esclarecedor
para entender estos resultados. "El cuidado no es solo una actividad
privada o emocional; es una preocupación central de la vida política y social
que debe informar la estructura de nuestras instituciones de justicia
Bajo
esta óptica, permite desplazar la noción de justicia desde un marco puramente
punitivo hacia uno de sostenibilidad social y responsabilidad compartida. La
autora argumenta que una sociedad que no sitúa el cuidado en el centro de su
gobernanza está destinada a fracasar en la protección de sus miembros más
vulnerables. Asimismo, esta perspectiva transforma la gerencia de sistemas de
justicia en un ejercicio de interdependencia donde el gestor debe ser también
un cuidador del tejido democrático. En este orden de ideas, la co-creación se presenta como la manifestación operativa de
esta ética del cuidado, permitiendo que la justicia sea reparadora y no
simplemente sancionatoria. Igualmente, el análisis de Tronto subraya que la
eficiencia administrativa no puede estar divorciada de la calidad de las
relaciones humanas que el sistema promueve. De este modo, se entiende que la
influencia de los movimientos feministas ha dotado a la gestión pública de una
profundidad moral que antes le era ajena. Cabe considerar, por tanto, que la
transformación del sistema de justicia no es un fin en sí mismo, más bien es el
medio para alcanzar una paz social fundamentada en el reconocimiento mutuo.
Conclusiones
La investigación permite determinar
que el tránsito de la resistencia a la co-creación no
es simplemente un cambio de nomenclatura, sino una reingeniería profunda del
pensamiento administrativo público. De esta forma, la gestión estratégica de
los sistemas de justicia se valida únicamente cuando es capaz de absorber las
demandas de la base social y transformarlas en procedimientos técnicos con
rostro humano. Asimismo, es evidente que las competencias gerenciales de las
mujeres en el ámbito comunitario aportan una visión de sostenibilidad y cuidado
que el derecho tradicional, en su rigidez, suele omitir. En este orden de
ideas, la integración de la perspectiva de género actúa como un filtro de
calidad que depura las prácticas institucionales de sesgos discriminatorios.
Igualmente, cabe considerar que la co-creación
fortalece la democracia al convertir al sistema judicial en un espacio de
interlocución permanente y no solo en un escenario de litigio.
Por otro lado, la influencia de los
movimientos feministas ha dotado a la gerencia pública de herramientas
innovadoras para el manejo de la complejidad social y territorial. De este
modo, la transformación del sistema de justicia requiere una voluntad política
que trascienda la retórica y se traduzca en presupuestos participativos y rutas
de atención diseñadas colectivamente. Asimismo, se concluye que la legitimidad
de las instituciones judiciales en el siglo XXI dependerá de su capacidad para
ser porosas frente a los saberes de la base social.
En el mismo sentido, la formación de
los cuadros gerenciales debe incorporar obligatoriamente el análisis crítico de
la teoría feminista para evitar la reproducción de violencias burocráticas. A
su vez, la gestión estratégica debe ser vista como un proceso vivo, adaptable
y, sobre todo, responsable ante las comunidades que justifica su existencia. De
esta forma, se cierra el ciclo de la resistencia para abrir paso a una era de
gobernanza compartida, donde la justicia sea, finalmente, un bien común
accesible y reparador.
Por lo que, la transición de la
resistencia a la co-creación marca una evolución
necesaria en la teoría de la gestión pública contemporánea. Asimismo, la
integración de la base social no es un acto de concesión política, sino una
estrategia de eficacia institucional que garantiza la pertinencia de las
decisiones judiciales. En este orden de ideas, las competencias gerenciales de
las mujeres, enfocadas en la resiliencia y la mediación, son activos
estratégicos que redefinen el ejercicio del poder.
Por otro lado, la justicia con
perspectiva de género exige una formación continua de los operadores que supere
el formalismo legalista. Igualmente, es imperativo que los modelos de co-creación sean blindados mediante marcos legales que
aseguren su continuidad más allá de los ciclos políticos. De esta forma, la
gestión estratégica se consolida como el motor de un sistema de justicia que
es, al mismo tiempo, técnico, humano y profundamente democrático.
Referencias Bibliográficas
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